Cuando firmé la hipoteca el banco me obligó a contratar un seguro de protección de pagos que se supone cubre el pago de las mensualidades si me despiden o por enfermedad grave.
Mis preguntas son:
Cubre este tipo de seguros los despidos en estos momentos?
Cubre si me pongo enferma de Coronavirus?
Muchas gracias.
1 Respuesta
¡Hola!
Para poder responder a tu consulta habría que consultar la “letra pequeña”, es decir, las condiciones generales de tu seguro en concreto.
Estos seguros, como bien dices, suelen cubrir un cierto número de mensualidades de pago del préstamo asociado en caso de baja laboral por enfermedad o por accidente así como otra prestación, distinta, si perdemos el empleo.
Ahora bien, hay que tener en cuenta lo siguiente:
- el confinamiento en casa por el Estado de Alarma no es una enfermedad por lo que no da lugar a baja laboral por dicha contingencia ni a prestación del seguro.
- muchos seguros excluyen en el campo de las enfermedades las epidemias y las pandemias así como enfermedades contagiosas en general. Habría que ver tu seguro en concreto.
- muchos seguros cubren la prestación en caso de desempleo pero si y solo si se trata de despidos no colectivos. Habrá que consultar tu contrato en concreto.
- Asimismo es importante tener en cuenta que este tipo de seguros de protección de pagos tienen un número máximo de siniestros a lo largo de la duración del seguro y suelen poner un plazo de espera entre siniestro y siniestro. Esto es importante porque si, por ejemplo, vives un ERTE y resulta que a los dos meses o tres te vuelven a coger puede que no tengas otra opción de cobertura en los próximos dos años (ver condiciones generales, en tu caso) lo cual sería desastroso si hay una nueva medida de confinamiento futura u otra situación más severa que esta.
Espero haber sido de ayuda.
Un saludo,
Comentarios recientes