Hola, compro mi piso en 1996 por 13 millones de pesetas, en 2003 hago una donacion a mi pareja por el 50%valorada en 60.000€ esa donacion , en el 2013 nos separamos y hacemos una extincion de condominio valorando el piso en 150.000 € y abonandole 75.000 por la operacion.
En 2020 vendo el piso por 160.000 € en la declaracion de la renta que cantidad de compra es la valida? 50% 1996 y 50% en 2013? Influye en algo la donacion en 2003? Todo ello en navarra con regimen foral en hacienda algo distinto al resto del estado.
Muchas gracias
1 Respuesta
Como muy bien indica las fechas de adquisición son del primer 50% cuando se compró, y la segunda cuando se esxtinguió el condominio, cuando hizo la donación para tributar se tuvo como fecha adquisición la de la compra y cuando se extinguió el condominio la de la donación, quedando esa operación (la donación) ya tributada y por ello no interfiere en la operación.
Con respecto al régimen foral, no interfiere en cuanto hay existencia de plusvalía en la operación, en este caso en los dos tramos, la compra y la extinción.
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