Las respuestas publicadas en este foro tienen finalidad informativa, divulgativa y de educación financiera. No constituyen asesoramiento en préstamos inmobiliarios conforme a la Ley 5/2019, ni recomendación personalizada de contratación, ni análisis individual de viabilidad hipotecaria.
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Si precisas una consultoría económica online con Pau A. Monserrat, solicita información a info@futurfinances.com.
La elección de un préstamo hipotecario es una decisión crucial para cualquier individuo, familia o empresa, al asumir una obligación financiera de décadas de duración. Pregunta, pregunta y vuelve a preguntar hasta que tengas claras todas tus dudas y las implicaciones de tu firma ante notario. La responsabilidad individual al pedir una hipoteca es esencial.
Pau A. MonserratCEO de Futur Financeshttps://futurfinances.com/pyr/profile/pau-monserrat/–Respuestas en el foro
La compra de inmuebles y la financiación hipotecaria precisan de asesores independientes que sepan orientar a los clientes, para que tomen decisiones inteligentes de contratación. Un profesional puede ayudarte a entender las implicaciones económicas, jurídicas y fiscales que asumes con tu firma.
Luis Alberto Cabezas EchegoyenGestor Administrativo colegiadohttps://futurfinances.com/pyr/profile/luiscabezas/answers/–Respuestas en el foro
Los intermediarios de crédito nos encargamos de conseguir la mejor solución hipotecaria para el consumidor, además de acercarle todos los productos hipotecarios sin tener que pisar un banco. La intervención de un intermediario registrado en una operación hipotecaria la dota de las máximas garantías.
Ricardo Gulias ValverdeExperto de RN Tu Solución Hipotecariahttps://futurfinances.com/pyr/profile/ricardo-gulias/answers/–Respuestas en el foro
Un consumidor bien informado toma mejores decisiones de financiación, inversión y relacionada con la fiscalidad. Antes de asumir cualquier obligación relevante, como contratar una hipoteca, debe acudir a las mejores fuentes de información y apoyarse en un asesoramiento independiente experto.
Antonio GallardoEconomista de Futur Financeshttps://futurfinances.com/pyr/profile/antonio-gallardo/answers/–Respuestas en el foro
En España la cultura financiera brilla por su ausencia. Si no se ahorra o, casi peor, si se ahorra pero se invierte mal en acciones no diversificadas, se hace caso a “gurús” o se confía demasiado en el banco, las familias se encuentran sin un complemento a sus pensiones o sin una reserva financiera imprescindible.
Luis García LangaAsesor de Sidiclear SICAVhttps://futurfinances.com/pyr/profile/luisglanga/answers/–Respuestas en el foro
El corredor de seguros es el único profesional en el sector asegurador que es un consultor independiente y representa únicamente los intereses del cliente. Algunos, además, ponemos al servicio del ciudadano y empresa nuestro conocimiento y experiencia para prevenir y combatir las prácticas abusivas.
Carlos LluchDirector Técnico LLUCH & JUELICH BROKERShttps://futurfinances.com/pyr/profile/carlos-lluch/answers/–Respuestas en el foro
La inversión Inmobiliaria requiere de expertas en la valoración, análisis y calificación de los inmuebles. Ayudo a que los usuarios del portal tengan una buena orientación previa sobre la realidad inmobiliaria y asesoro a mis clientes para que tomen decisiones inteligentes en materia de inversiones inmobiliarias.
Gemma GarzonCEO de IMMO3 y Valoraciones Garzónhttps://futurfinances.com/pyr/profile/gemma-garzon/answers/–Respuestas en el foro
Los intermediarios de crédito inmobiliario nos dedicamos a apoyar a los consumidores en la compra de su casa, obteniendo para ellos la hipoteca con la cuota que pueden pagar. Dicha hipoteca se obtiene de forma rápida y segura al relacionarnos con todos los bancos y conocer sus últimas ofertas.
Antonio BeltránCEO de Hipotecas Plushttps://futurfinances.com/pyr/profile/antoniobeltran/answers/–Respuestas en foro
Cuando se decide invertir en vivienda y se realiza a través de un préstamo hipotecario, tener un equipo de profesionales a tu lado que puedan acompañarte en dicha decisión puede evitarte muchos disgustos futuros. En Futur Finances y Futur Legal te ayudamos a acertar en la inversión inmobiliaria y la financiación.
Marina MullorAbogada de Futur Legalhttps://futurfinances.com/pyr/profile/marina-mullor/answers/–Respuestas en el foro
Un asesoramiento legal preventivo puede ahorrarte eventuales perjuicios y reclamaciones futuras sirviendo de acompañamiento en uno de los negocios jurídicos más importantes de tu vida: la compra de una vivienda con financiación hipotecaria. Acude siempre a expertos independientes antes de tomar una decisión.
Cristina BorralloSocia abogada de Futur Legalhttps://futurfinances.com/pyr/profile/cristina-borrallo/answers/–Respuestas en el foro
Solicita por email a info@futurfinances.com las dudas sobre hipotecas y finanzas personales y te mandaremos presupuesto de consultoría económica personalizado con el economista Pau A. Monserrat. Una sesión estándar cuesta 100€ + IVA.
Si quieres que un intermediario de crédito inmobiliario te consiga la hipoteca que necesitas en condiciones óptimas, déjanos tus datos de contacto en el formulario y te llamará un broker hipotecario de confianza de tu zona.
Futur Finances no es intermediario de crédito inmobiliario, prestamista inmobiliario ni representante designado. Futur Finances no presenta ni ofrece contratos de préstamo, no solicita documentación financiera para tramitar expedientes hipotecarios, no negocia condiciones con entidades, no realiza trámites precontractuales y no interviene en la contratación de préstamos.
Este comparador es una herramienta informativa elaborada por Futur Finances. No es un registro oficial ni sustituye la consulta del Registro del Banco de España. La inclusión, posición, puntuación o destacado de un ICI no constituye asesoramiento personalizado, recomendación de contratación, certificación de cumplimiento normativo ni garantía de resultado.
Algunos ICIs pueden aparecer destacados porque Futur Finances mantiene acuerdos comerciales remunerados por lead o colaboración. Los honorarios, servicios, condiciones contractuales, procedimiento de reclamaciones y documentación precontractual deben verificarse siempre directamente con el ICI antes de contratar.
Selección de intermediarios registrados en el Banco de España
En base al Registro de intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas inmobiliarios que publica el Banco de España, dando cumplimiento al mandato de la Ley 5/2019, en este comparador de intermediarios hipotecarios online podrás encontrar una selección de brókeres hipotecarios y sus webs.
🕒 Actualizado hasta el E537 Vectra All Finance (9 de febrero de 2026).
✅ 204 webs de intermediarios hipotecarios registrados.
Solo se incluyen los intermediarios de crédito inmobiliario con 💻 página web de calidad (https, …), 🏢 personas jurídicas, cuya actividad principal sea la intermediación de hipotecas 🧑🤝🧑.
Algunos ICIs pueden aparecer destacados en fondo azul porque Futur Finances mantiene acuerdos comerciales remunerados por lead o colaboración. Esta circunstancia no implica que sean idóneos para todos los usuarios ni sustituye el análisis que cada cliente debe realizar antes de contratar. Verifica siempre la inscripción del ICI, sus honorarios, contrato de intermediación, política de reclamaciones y documentación precontractual.
Uno podría pensar que vale la pena hacer trabajar a varios profesionales a la vez, ya que una mayoría de ellos cobran solo a éxito. Sin embargo, no es una forma de buscar la mejor hipoteca ganadora. El CEO de Futur Finances te lo explica en el siguiente vídeo:
Usa nuestro comparador de intermediarios de crédito inmobiliario como una herramienta de ayuda para pre-seleccionar el profesional que te genere más confianza. Después solicita la información precontractual y los borradores de sus contratos de intermediación. Las reseñas online también te ayudarán a filtrar.
Tras este cribado, ✔️ elige el intermediario de crédito inmobiliario y confía en su trabajo.
Puntuar es cosa de todos
Nos gustaría tener el mejor comparador de intermediarios hipotecarios de España. Para ello, una información de calidad y una puntuación precisa (con las limitaciones y errores inevitables) es de vital importancia.
Por ello, si eres un usuario que quieres enviarnos tus opiniones sobre una determinada empresa de intermediación para que valoremos modificar su puntuación, o bien un representante de un intermediario que consideras no te hemos valorado correctamente, no dudes en enviarnos un email con la información y documentación que consideres precisa a 🎯 info@futurfinances.com.
¿Cómo puntúa Futur Finances?
Para tomar en consideración una puntuación, debes saber quién puntúa, en base a qué criterios y qué limitaciones tiene.
Valoración de experiencia: 0 – 1 (según alta en el registro). 1 punto si se han registrado en 2020 y 2021.
Cumplimiento normativo: 0 – 2. Según valoración de la información a disposición de los usuarios de la web en relación a la Ley 5/2019 y demás normativa aplicable.
Otros aspectos: 0 – 2 (en base a su ética en los negocios, efectividad, trato con el cliente y valoración subjetiva del equipo de Futur Finaces). Buenas reseñas de clientes o pertenecer a una asociación profesional como AIF son factores que se tienen en cuenta en este apartado.
Limitaciones de la puntuación
Al ser una valoración con importante sesgo valorativo, solo deberíamos tomarla como una orientación de la opinión del puntuador. Además, depende del conocimiento del intermediario hipotecario que tiene el puntuador, lo que añade un sesgo adicional (positivo o negativo).
El mínimo que ponemos por defecto es 5 (cualquiera de los intermediarios hipotecarios dados de alta en el BdE puntúa en este aspecto de cumplimiento legal). A medida que vayamos analizando y conociendo a los diferentes brokeres, iremos variando su puntuación.
En todo caso, pensamos que nuestra puntuación añade un valor añadido al comparador de intermediarios hipotecarios, útil para la toma de decisiones, con todas las limitaciones comentadas y alguna que se nos habrá pasado por alto.
5 puntos básicos para elegir tu intermediario hipotecario
Elegir una buena empresa de intermediación hipotecaria nos ayudará a minimizar el tiempo que le dedicaremos a la búsqueda y negociación de la financiación hipotecaria que precisamos para adquirir nuestra vivienda.
Además, si acertamos en la elección del profesional hipotecario online, podemos ahorrarnos mucho dinero en comisiones e intereses, una vez descontado el coste de sus honorarios.
Los 5️⃣ factores clave que debes considerar al seleccionar un bróker hipotecario en España son:
Registro en el Banco de España y demás cumplimiento normativo:
Registrado en el Banco de España: Asegúrate de que el bróker esté debidamente registrado como intermediario de crédito inmobiliario en España. Esto se puede verificar a través del registro oficial del Banco de España.
Cumplimiento normativo: Es crucial que el bróker cumpla con todas las normativas, en particular con la Ley 5/2019 que regula los contratos de crédito inmobiliario. Esto garantiza transparencia y seguridad en tus operaciones.
Reputación y experiencia:
Trayectoria en el mercado: Investiga la trayectoria del bróker, incluyendo su historia y experiencia en el mercado hipotecario.
Referencias y opiniones: Consulta opiniones en foros especializados, redes sociales o portales de valoración de servicios financieros para conocer las experiencias de otros clientes.
Condiciones y costes del servicio:
Transparencia en los honorarios: Asegúrate de entender todas las comisiones y costes asociados al servicio del bróker. Has de recibir un contrato de intermediación hipotecaria transparente, en el que se explican todos los aspectos del servicio de intermediación. Tienes derecho a desistir del contrato durante 14 días, sin coste ni alegar causa alguna.
Condiciones de las hipotecas: Analiza las condiciones de las hipotecas que el bróker pueda ofrecerte, incluyendo tipos de interés, plazos, cuotas, y posibles penalizaciones por amortización anticipada o cambios en las condiciones del préstamo. Lo más habitual es que no se devenguen honorarios hasta que el cliente acepta la FEIN (oferta vinculante) que le presenta el intermediario.
Variedad suficiente de entidades financieras:
Amplia gama de hipotecas: Un buen bróker debería ofrecerte una amplia gama de productos hipotecarios, dándote la posibilidad de elegir la opción que mejor se adapte a tus necesidades.
Número relevante de entidades financieras: Valora positivamente a los brókeres que mantienen colaboraciones con una amplia red de entidades financieras, lo que puede aumentar tus posibilidades de encontrar una hipoteca ventajosa.
Atención al cliente y acompañamiento personalizado:
Calidad del Servicio de Atención al Cliente: El bróker debe ofrecerte un servicio de atención al cliente eficiente, respondiendo a tus dudas y proporcionando asistencia de forma oportuna.
Acompañamiento personal: Es importante que el bróker te guie y acompañe de forma personal y profesional durante todo el procedimiento hipotecario.
Futur Finances es una marca gestionada por Futur Legal Advocats i Economistes, S.L.P. Es un portal informativo, comparador editorial y generador de contactos comerciales (leads). Futur Finances no es un intermediario de crédito inmobiliario ni representante designado y no presta asesoramiento en préstamos inmobiliarios conforme al artículo 19 de la Ley 5/2019.
Futur Finances no presenta ni ofrece contratos de préstamo, no realiza trámites precontractuales, no solicita documentación financiera para expedientes hipotecarios, no negocia condiciones, no emite recomendaciones personalizadas sobre préstamos concretos y no interviene en la contratación.
Futur Finances puede percibir remuneración de terceros por la generación de contactos comerciales.
Futur Legal Advocats i Economistes, S.L.P. (Futur Legal) gestiona la marca, redes sociales y portales webs y aplicaciones de la web FuturFinances.com (Futur Finances).
Para Futur Legal, con CIF B-16632424 y domicilio social en C/ Can Oliva, núm. 10, 1º 1ª CP 07003 Palma, con correo de contacto pau.monserrat@futurlegal.com, el cumplimiento de la legislación y el máximo respeto a los datos de carácter personal de nuestros usuarios y clientes es una prioridad.
Futur Finances no es intermediario de crédito inmobiliario, prestamista inmobiliario ni representante designado.
Futur Finances es una marca gestionada por Futur Legal Advocats i Economistes, S.L.P. y opera como portal informativo especializado en hipotecas, comparador editorial de intermediarios de crédito inmobiliario y canal de generación de contactos comerciales (leads).
Futur Finances no desarrolla actividades de intermediación de crédito inmobiliario en el sentido del art. 4.5 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. En particular, Futur Finances no presenta ni ofrece contratos de préstamo, no asiste al usuario en trámites precontractuales, no solicita documentación económica o financiera para tramitar un expediente hipotecario, no negocia condiciones con entidades prestamistas, no celebra contratos de préstamo en nombre de prestamistas y no interviene en la formalización de operaciones hipotecarias.
Cuando el usuario solicita contacto con un profesional o entidad, la actividad de Futur Finances se limita a recoger los datos básicos facilitados voluntariamente por el usuario y, con su consentimiento, remitirlos a intermediarios de crédito inmobiliario. El análisis de viabilidad, la solicitud de documentación, la información precontractual, la presentación de ofertas, la eventual prestación de asesoramiento y la contratación corresponden exclusivamente al intermediario o entidad destinataria de los datos.
Futur Finances puede percibir una remuneración de terceros por la generación de contactos comerciales. Dicha remuneración no implica coste para el usuario salvo que se indique expresamente lo contrario, no constituye honorarios de intermediación hipotecaria y no garantiza la concesión de financiación ni la obtención de determinadas condiciones.
Comparador de intermediarios de crédito inmobiliario
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La inclusión, ordenación, puntuación o destacado de un intermediario responde a criterios editoriales, técnicos, comerciales o de conocimiento profesional de Futur Finances, según se explique en cada caso. Algunos intermediarios pueden aparecer destacados porque Futur Finances mantiene acuerdos comerciales con ellos o puede percibir remuneración por la generación de contactos.
Antes de contratar con un ICI, el usuario debe verificar su inscripción, número de registro, honorarios, contrato de intermediación, existencia de servicios de asesoramiento, independencia o no del asesoramiento, procedimiento de reclamaciones y demás información precontractual exigible.
Consultoría económica
Futur Finances puede ofrecer servicios de consultoría económica, financiera general, pericial o formativa sobre cuestiones hipotecarias, siempre fuera del ámbito del asesoramiento en préstamos inmobiliarios regulado por los arts. 4.20 y 19 de la Ley 5/2019.
La consultoría de Futur Finances no consiste en recomendar al usuario la contratación de uno o varios préstamos concretos disponibles en el mercado, ni en seleccionar una oferta hipotecaria específica, ni en emitir una recomendación personalizada sobre una FEIN u oferta vinculante concreta.
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El uso de expresiones como “consultoría hipotecaria”, “consultoría económica” o “educación financiera” no implica la prestación de servicios de asesoramiento en préstamos inmobiliarios conforme a la Ley 5/2019.
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Última modificación: 27 de mayo de 2026.
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Última modificación: 27 de mayo de 2026.
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Consulta con un economista especializado en hipotecas, con más de 25 años de experiencia, tus dudas sobre el proceso hipotecario: condiciones generales de la banca en cada momento, en qué fijarte antes de contratar un broker hipotecario y mucho más.
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Artículos, guías y herramientas para entender cómo funcionan las hipotecas, los intermediarios de crédito inmobiliario y las buenas prácticas del mercado hipotecario, con un enfoque independiente y rigor técnico.
Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Acudimos a Pau para que nos orientara sobre la obtención de una hipoteca para residentes en el extranjero. Su atención ha sido excepcional, ha aclarado todas nuestras dudas y nos ha proporcionado información muy valiosa en un tono amable y cercano. Considero su servicio de consultoría muy recomendable.
Publicado en
Roberto García Castillo
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Excelente consulta on.line con Pau, gran profesional y con amplia experiencia de ahí que me haya aconsejado con lo que debo hacer y aclarado todas las dudas que tenía
Gracias Pau ...un abrazo
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Say Baz
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Gracias a Pau, que me dió contactos de empresas para conseguir mi hipoteca a coste 0
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monica casanovas
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Asesoramiento riguroso y serio, prestan un servicio de gran ayuda para la toma de decisiones en todo lo referente a temas hipotecarios. Sin duda muy recomendable.
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Carolina Gómez
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Me resolvió todas las dudas de forma clara y concreta que era lo que necesitaba. Era la primera vez que solicitaba este tipo de asesoramiento y me resultó muy útil.
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Sonya Dokova
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Excelente profesionales!!! Excelente asesoramiento!!! Gracias Pau Monserrat y J. Alberto !!!
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Mustapha Iakini
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Teniamos duda relacionada con inversión inmobiliaria y su respectiva hipoteca. Hoy hemos realizado una consultoría con Pau y la verdad es que nos ha ayudado muchísimo, gracias a el, hemos adquirido una perspectiva más profesional de los siguientes pasos que debemos tomar.
Publicado en
Beatriz MA
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Me puse en contacto con Pau para recibir asesoramiento sobre una inversión inmobiliaria y resolvió mis dudas con un trato y profesionalidad excelente. Lo recomiendo sin duda!!
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Jose Julian Garcia Cabello
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Excelente asesoramiento de Pau A. Monserrat de como actuar ante una hipoteca que se ha puesto por las nubes, agravada por un euribor imparable. Sus recomendaciones me han dado tranquilidad.
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Daniela ZV
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Estamos muy agradecidos con el equipo por su trabajo durante nuestro proceso hipotecario, hemos contado con un asesoramiento eficaz y accesible en todo momento aclarando todo tipo de dudas y gestionando los problemas que se han ido presentando a lo largo de la compra.
Recomendable al 100%, servicio y atención al cliente inmejorable.
Un especial agradecimiento de parte de mi pareja Estefano.
Tomar una buena decisión hipotecaria requiere información y criterio
Firmar una hipoteca es una de las decisiones financieras más importantes de la vida. Sin embargo, no siempre es fácil saber por dónde empezar, qué opciones considerar o si es mejor acudir directamente a un banco o contar con la ayuda de un intermediario hipotecario.
En Futur Finances ofrecemos información, herramientas y servicios profesionales para ayudarte a entender tus opciones y decidir con criterio, sin presiones comerciales y con un enfoque independiente.
En nuestra plataforma gestionada por economistas y abogados especializados en el sector hipotecario puedes:
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Acceder a información y herramientas precisas, con un foro gratuito para resolver dudas, artículos y guías, una calculadora de cuotas hipotecarias y vídeos que te ayuden a entender cómo funciona la solicitud y firma de un préstamo hipotecario.
Los intermediarios hipotecarios de la tabla han sido seleccionados por nuestro equipo en base al conocimiento directo que tenemos de su forma de trabajar. Utiliza el comparador general para elegir entre cientos de profesionales del sector.
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Un intermediario de crédito inmobiliario (bróker hipotecario) actúa como enlace entre el consumidor y las entidades financieras, ayudando a buscar, comparar y negociar una hipoteca.
Su utilidad depende del perfil del cliente, del tipo de operación y del grado de complejidad de la financiación.
Para facilitar esa decisión, ponemos a tu disposición un comparador de intermediarios hipotecarios basado en datos objetivos y criterios transparentes.
No todos los brokers hipotecarios son iguales
Elegir el intermediario que mejor encaje en nuestras necesidades es de vital importancia, ya que será el profesional que nos presente las diferentes opciones hipotecarias disponibles. Nuestro comparador recoge intermediarios de crédito inmobiliario registrados en el Banco de España y te permite:
Ver qué empresas con página web operan en el mercado.
Identificar cuáles destacan por experiencia profesional, estructura de honorarios y cumplimiento normativo.
Consultar puntuaciones construidas a partir de criterios públicos y verificables, para ayudarte a comparar con criterio.
Este comparador es una herramienta para comprender el mercado, no una recomendación cerrada de contratación.
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La contratación de una hipoteca es una de las decisiones financieras más importantes que puede tomar una persona o una familia. Antes de acudir directamente a un banco o de contratar un intermediario hipotecario, es conveniente analizar con calma la situación personal y financiera, así como los distintos escenarios posibles.
La consultoría hipotecaria online tiene como objetivo aportar criterio profesional e independiente para ayudar a decidir qué opción conviene en cada caso concreto y en base a qué factores.
Hoy, contratar una hipoteca sin orientación profesional es una decisión que puede costarte miles de euros. No porque los clientes sean necesariamente malos negociadores, sino porque tú, salvo que seas del sector, te sientas a negociar una vez en la vida frente a alguien que lo hace todos los días. Ahí está uno de los principales desequilibrios.
La solución al desequilibrio existe y es, en algunos casos, es gratuita para el cliente. Hablamos de los intermediarios de crédito inmobiliario (ICI) registrados en el Banco de España que no cobran honorarios al cliente. Son brokers hipotecarios que analizan tu perfil, comparan ofertas de varios bancos y negocian por ti sin cobrarte nada. Cobran de las entidades financieras, no del cliente final.
El proceso de contratar una hipoteca es complejo y, en 2026, cobra una nueva dimensión debido a la esperada bajada de los tipos de interés.
✅ Elegir un buen intermediario de crédito inmobiliario o 🤝 broker hipotecario en 2025 ser aún más relevante en escenario de reducción gradual del Euríbor.
Información precontractual y contrato de intermediación: la calidad del cumplimiento normativo es esencial.
Contratar un bróker hipotecario puede ser una muy buena decisión si estás buscando financiación para comprar una vivienda, mejorar las condiciones que te ofrece tu banco o comparar varias alternativas sin tener que ir entidad por entidad financiera.
Un buen bróker hipotecario (jurídicamente, un intermediario de crédito inmobiliario o ICI) puede ayudarte a ordenar la documentación, valorar la viabilidad de tu operación, presentar tu expediente a diferentes bancos y acompañarte hasta la firma de la hipoteca.
Panorama judicial relacionado con los préstamos hipotecarios referenciados al IRPH de entidades. Los hipotecados que tenían su hipoteca referenciada a un índice que desapareció, como el CECA, el IRPH de cajas o el de bancos, también encontrarán aquí información que les será de ayuda.
El CEO de Futur Finances, Pau A. Monserrat Valentí, economista con más de 25 años de experiencia en el sector hipotecario, actualiza el contenido y datos de esta página. ⏱️ Última actualización: 19/05/2026.
También proporcionamos información financiera útil y comparativas con el Euribor para poder tomar decisiones financieras en cada momento.
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Si estás cansado de pagar más por tu hipoteca referenciada al IRPH de entidades y quieres opciones de subrogación a un préstamo indexado al Euribor o bien quieres aprovechar el momento para cambiar a una hipoteca fija o mixta, también puedes solicitar información sin compromiso a los intermediarios de crédito inmobiliario de confianza del portal Futur Finances:
En la siguiente tabla puedes encontrar el valor del IRPH de entidades mensual y el Euribor a 12 meses, además de la diferencia:
Mes
Orden
IRPH entidades
Euribor 12m
Diferencia
Enero 2022
13
1,485%
-0,477%
1,962%
Diciembre 2021
12
1,448%
-0,502%
1,950%
Noviembre 2021
11
1,470%
-0,487%
1,957%
Octubre 2021
10
1,467%
-0,477%
1,944%
Septiembre 2021
9
1,489%
-0,492%
1,981%
Agosto 2021
8
1,529%
-0,498%
2,027%
Julio 2021
7
1,485%
-0,491%
1,976%
Junio 2021
6
1,527%
-0,484%
2,011%
Mayo 2021
5
1,507%
-0,481%
1,988%
Abril 2021
4
1,480%
-0,484%
1,964%
Marzo 2021
3
1,571%
-0,487%
2,058%
Febrero 2021
2
1,565%
-0,501%
2,066%
Enero 2021
1
1,558%
-0,505%
2,063%
Febrero 2022
14
1,481%
-0,335%
1,816%
Marzo 2022
15
1,513%
-0,237%
1,750%
Abril 2022
16
1,540%
0,013%
1,527%
Mayo 2022
17
1,624%
0,287%
1,337%
Junio 2022
18
1,799%
0,852%
0,947%
Julio 2022
19
1,986%
0,992%
0,994%
Agosto 2022
20
2,198%
1,249%
0,949%
Septiembre 2022
21
2,410%
2,233%
0,177%
Octubre 2022
22
2,666%
2,629%
0,037%
Noviembre 2022
23
2,877%
2,828%
0,049%
Diciembre 2022
24
3,116%
3,018%
0,098%
Enero 2023
25
3,345%
3,337%
0,008%
Febrero 2023
26
3,585%
3,534%
0,051%
Marzo 2023
27
3,664%
3,647%
0,017%
Abril 2023
28
3,683%
3,757%
-0,074%
Mayo 2023
29
3,967%
3,862%
0,105%
Junio 2023
30
4,045%
4,007%
0,038%
Julio 2023
31
4,186%
4,149%
0,037%
Agosto 2023
32
4,237%
4,073%
0,164%
Septiembre 2023
33
4,305%
4,149%
0,156%
Octubre 2023
34
4,330%
4,160%
0,170%
Noviembre 2023
35
4,276%
4,022%
0,254%
Diciembre 2023
36
4,219%
3,679%
0,540%
Enero 2024
37
4,062%
3,609%
0,453%
Febrero 2024
38
3,985%
3,671%
0,314%
Marzo 2024
39
3,901%
3,718%
0,183%
Abril 2024
40
3,823%
3,703%
0,120%
Mayo 2024
41
3,861%
3,680%
0,181%
Junio 2024
42
3,710%
3,650%
0,060%
Julio 2024
43
3,728%
3,526%
0,202%
Agosto 2024
44
3,671%
3,166%
0,505%
Septiembre 2024
45
3,506%
2,936%
0,570%
Octubre 2024
46
3,423%
2,691%
0,732%
Noviembre 2024
47
3,206%
2,506%
0,700%
Diciembre 2024
48
3,105%
2,436%
0,669%
Enero 2025
49
2,960%
2,525%
0,435%
Febrero 2025
50
2,872%
2,407%
0,465%
Marzo 2025
51
2,923%
2,398%
0,525%
Abril 2025
52
2,851%
2,143%
0,708%
Mayo 2025
53
2,852%
2,081%
0,771%
Junio 2025
54
2,802%
2,081%
0,721%
Julio 2025
55
2,748%
2,079%
0,669%
Agosto 2025
56
2,791%
2,114%
0,667%
Septiembre 2025
57
2,695%
2,172%
0,523%
Octubre 2025
58
2,796%
2,187%
0,609%
Noviembre 2025
59
2,807%
2,217%
0,590%
Diciembre 2025
60
2,788%
2,267%
0,521%
Enero 2026
61
2,762%
2,245%
0,517%
Febrero 2026
62
2,819%
2,221%
0,598%
Marzo 2026
63
2,840%
2,565%
0,275%
Abril 2026
64
2,747%
En marzo de 2026 el IRPH superó en 0,275 puntos porcentuales al Euribor a 12 meses (2,840% vs 2,565%).
Gráfica IRPH vs Euribor (2000 a 2026)
En la siguiente gráfica de la evolución del IRPH de entidades comparada con el Euribor a 12 meses de 2000 a 2026, podemos observar como siempre el IRPH ha estado por encima del Euribor, con una excepción en abril de 2023:
¿Qué es el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios?
La Circular 8/1990 del Banco de España hoy derogada definía el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) como "la media simple de los tipos de interés medios ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria de plazo igual o superior a tres años para adquisición de vivienda libre que hayan sido iniciadas o renovadas en el mes al que se refiere el índice por el conjunto de bancos."
La Circular 5/1994, de 22 de julio, a entidades de crédito, sobre modificación de la circular 8/1990, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela aporta una información que deja claro el diferencial que se debería haber aplicado al IRPH: un diferencial negativo. Literalmente:
"Los tipos medios de préstamos hipotecarios para adquisición de vivienda libre de los bancos y del conjunto de entidades, lo son de forma rigurosa, pues incorporan además el efecto de las comisiones. Por tanto, su simple utilización directa como tipos contractuales implicaría situar la tasa anual equivalente de la operación hipotecaria por encima del tipo practicado por el mercado. Para igualar la TAE de esta última con la del mercado sería necesario aplicar un diferencial negativo, cuyo valor variaría según las comisiones de la operación y la frecuencia de las cuotas."
La actual Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España en su anejo 8 define el IRPH de conjunto de entidades de la siguiente forma:
"Se define como la media simple de los tipos de interés medios ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria de plazo igual o superior a tres años, para adquisición de vivienda libre, que hayan sido iniciadas o renovadas por los bancos y las cajas de ahorros en el mes a que se refiere el índice."
La Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancario, recoge los seis actuales tipos de interés oficiales del mercado hipotecario, entre los que figura el IRPH de conjunto de entidades o "Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España".
La Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación (LCGC) establece en su artículo 1 que "Son condiciones generales de la contratación las cláusulas predispuestas cuya incorporación al contrato sea impuesta por una de las partes, con independencia de la autoría material de las mismas, de su apariencia externa, de su extensión y de cualesquiera otras circunstancias, habiendo sido redactadas con la finalidad de ser incorporadas a una pluralidad de contratos" y que "el hecho de que ciertos elementos de una cláusula o que una o varias cláusulas aisladas se hayan negociado individualmente no excluirá la aplicación de esta Ley al resto del contrato si la apreciación global lleva a la conclusión de que se trata de un contrato de adhesión." El IRPH de conjunto de entidades es una condición general de la contratación.
La Directiva 2014/17/UE traspuesta parcialmente en la Ley 5/2019 dice en su artículo 24 sobre los índices o tipos de referencia de los créditos de tipo variable que los Estados miembros ha de asegurarse que "todo índice o tipo de referencia utilizado para calcular el tipo deudor sea claro, accesible, objetivo y verificable por las partes en el contrato de crédito y por las autoridades competentes". Condiciones que consideramos incumple el IRPH.
Desaparición de los IRPH de cajas y de bancos
La desaparición de los IRPH sectoriales causó nuevas injusticias a los afectados, cuando la cláusula pactada si desaparecía el referencial principal y el sustitutivo era que se aplicaba el último tipo fijo pactado, al aplicarse un tipo fijo alto, y también al no existir tipo sustitutivo aplicable, transformando la hipoteca a un tipo fijo o a un tipo variable de índice de referencia de préstamos hipotecarios más un diferencial establecido en base a la disposición adicional decimoquinta de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización. Cuando el banco aplicó la interpretación menos favorable, pasar la hipoteca a tipo fijo, el hipotecado se vió obligado a pagar una cuota constante a un interés bastante alto. El abogado Xavier Solà i Cabanes nos ha pasado la sentencia 5/2018 de la Audiencia Provincial de Girona, cuyo abogado de la parte actora era Marc Prat Pérez, de fecha 11/01/2018. La demanda contra Caixabank pedía la declaración de nulidad de varias cláusulas: cláusula suelo y el IRPH de cajas. Además, se discutía la aplicación del último IRPH publicado, según estipulación recogida en la escritura; a este respecto dice la AP de Girona declara nula por abusiva la cláusula que establece la aplicación del último IRPH de cajas publicado. Impone aplicar el índice de referencia de préstamos hipotecarios de entidades según establece la Ley 14/2013 y devolver los intereses pagados de más.
Recorrido judicial del IRPH
Veamos las últimas noticias del controvertido referencial a diciembre de 2024, información que iremos actualizando en este apartado.
TJUE de 12 de diciembre de 2024
El TJUE hace pública su sentencia de 12 de diciembre de 2024, respuesta a las cuestiones prejudiciales elevadas por la jueza Eva Cerón Ripoll del juzgado de 1ª Instancia de Donosti.
En la cuestión prejudicial la juzgadora pregunta 7 cuestiones controvertidas sobre el índice IRPH, relatando la abusividad de su cálculo, al tratarse de una TAE que incorpora multitud de comisiones y gastos, incluidos algunos cuya abusividad ha sido reconocida por el propio TJUE, como los gastos hipotecarios y la comisión de apertura.
Vídeo explicativo del despacho que ha propiciado la decisión del TJUE:
Sentencia del TJUE de 13 de julio de 2023
Puedes consultar la Sentencia del TJUE sobre el asunto c-265/22 que que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Juzgado de Primera Instancia n.º 17 de Palma de Mallorca (Illes Balears), mediante auto de 19 de abril de 2022, recibido en el Tribunal de Justicia el 20 de abril de 2022, en relación a un préstamo hipotecario indexado al IRPH de un consumidor con Banco Santander.
Declara el TJUE:
Los artículos 3, apartado 1, 4 y 5 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, deben interpretarse en el sentido de que, para apreciar la transparencia y el carácter eventualmente abusivo de una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario a tipo de interés variable que designa, como índice de referencia para la revisión periódica del tipo de interés aplicable a ese préstamo, un índice establecido por una circular que fue publicada oficialmente y al que se aplica un incremento, es pertinente el contenido de la información incluida en otra circular de la que se desprende la necesidad de aplicar a ese índice, dado su modo de cálculo, un diferencial negativo a fin de igualar dicho tipo de interés con el tipo de interés del mercado. También es pertinente determinar si esa información es suficientemente accesible para un consumidor medio.
Os invitamos a ver el siguiente vídeo de el canal youtube de El Hipotecante, Pau A. Monserrat, CEO de Futur Finances y economista con una larga trayectoria en el sector financiero:
Postura del TS en 2022
El 28 de enero de 2022 se hace pública la decisión de la Sala Segunda del Tribunal Supremo sobre la abusividad del índice hipotecario, en tres demandas contra Kutxabank.
28/01/2022: TS vuelve a dar por bueno el IRPH
El TS vuelve a dar por buena la utilización del índice por parte de las entidades financieras, con una argumentación que, cuanto menos, debería ser cuestionada por los matemáticos y los expertos financieros: "... no se ha justificado que el índice IRPH, que está fiscalizado en todo caso por la administración pública, sea más fácilmente manipulable que el resto de los índices oficiales." Leer nota del TS respecto a las sentencias 42, 43 y 44/2022, de 27 de enero.
Si se ha eliminado el LIBOR por ser manipulable, las deficiencias técnicas del IRPH y los pocos agentes que ofrecen datos para su confección hacen del índice hipotecario un referencial mucho más cuestionable y sigue vigente y amparado por TS y legisladores españoles. Inexplicable.
Tribunal Supremo en octubre de 2020
El pleno del Tribunal Supremo del 21 de octubre de 2020 toma una cuestionable decisión jurídica sobre el IRPH: aprecia falta de transparencia del índice de referencia de préstamos hipotecarios por no haberse informado al cliente de la evolución del índice en los dos años previos a la firma, pero acto y seguido analiza la abusividad y la descarta (nota de prensa del Tribunal Supremo).
Con toda probabilidad se volverá a plantear una cuestión prejudicial al TJUE, en los siguientes términos:
Una clausula declarada no transparente, ¿puede ser considerada no abusiva?
Puedes ver el webinar organizado por ASUFIN en el que participa la Magistradas Margarita Poveda y Carmen Robles junto a Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, Pau A. Monserrat (CEO de Futur Finances), Cristina Borrallo, vicepresidenta de ASUFIN Illes Balears y Félix Alonso, Director General de Consum del Govern Balear, previo a la sentencia del Supremo:
Sentencia del TJUE de marzo de 2020
El 3 de marzo de 2020 se fijó la lectura de la sentencia del TJUE. Los tribunales nacionales (hay que demandar) pueden analizar la abusividad del IRPH. Puedes consultar la sentencia del TJUE sobre IRPH aquí.
Análisis de la sentencia del TJUE sobre el IRPH de cajas
En primer lugar hay que dejar claro que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 3 de marzo de 2020 en relación al asunto C-125/18 tiene que interpretarse en profundidad por abogados especializados, ya que hace referencia solo al índice de referencia de préstamos hipotecarios de cajas. Habrá que estudiar cada caso en concreto, entre otros: (i) afectados por IRPH de cajas con sustitutivo IRPH de bancos o de entidades y sin sustitutivo; (ii) afectados por IRPH de bancos, con y sin sustitutivo pactado; (iii) afectados por IRPH de cajas o bancos sustituido por un tipo fijo; (iv) hipotecas indexadas al IRPH de entidades, aún vigente.
Sin entrar en tecnicismos que analizaremos en otros artículos que iremos enlazando, el TJUE considera que la banca no está obligada a ofrecer el índice de referencia de préstamos hipotecarios en lugar del Euribor u otros referenciales hipotecarios y que pese a referirse al objeto principal del contrato (el precio), opera el control de transparencia entendido "como la obligación no solo de que la cláusula considerada sea comprensible para el consumidor en un plano formal y gramatical, sino también de que posibilite que el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, esté en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo de dicho tipo de interés y de valorar así, basándose en criterios precisos y comprensibles, las consecuencias económicas, potencialmente significativas, de tal cláusula sobre sus obligaciones financieras". Un juez español deberá sentenciar al respecto de la abusividad del IRPH que tengas contratado en tu hipoteca, lo que supone la obligación de demandar de cada consumidor; el TJUE nos indica ya un argumento para ganar: si la entidad financiera no cumplió con su obligación de "informar a los consumidores de cuál había sido la evolución del IRPH de las cajas de ahorros durante los dos años naturales anteriores a la celebración de los contratos de préstamo y del último valor disponible."
A la pregunta de qué efectos tiene la declaración de abusividad de un IRPH de cajas determinado, el TJUE deja dudas que se tendrán que dirimir en el futuro judicial que se abre, ya que no queda claro que se aplique automáticamente el Euribor, que se deje el interés fijo al tipo nominal establecido en el diferencial o se abra la puerta abierta a que sea aplicable el IRPH de entidades establecido en la Ley 14/2013 como índice aplicable tras la desaparición de los IRPH sectoriales. Narra el TJUE: "...en el supuesto de que el juzgado remitente constatara, en primer lugar, el carácter abusivo de la cláusula controvertida; en segundo lugar, que el contrato de préstamo hipotecario sobre el que versa el litigio principal no podría sobrevivir sin tal cláusula, y, en tercer lugar, que debido a la anulación del contrato el demandante en el litigio principal quedaría expuesto a consecuencias especialmente perjudiciales, podría reemplazar la cláusula controvertida por el índice sustitutivo contemplado en la Ley 14/2013, siempre que pueda considerarse que con arreglo al Derecho nacional el referido índice tiene carácter supletorio."
La banca se escuda en esta difícil interpretación (leer la nota de prensa de la patronal bancaria) para concluir que en caso de que el IRPH de cajas sea considerado abusivo por un tribunal, se aplicaría el índice de referencia de préstamos hipotecarios de entidades (muy cuestionable, pero será su vía de defensa). Para nuestro CEO Pau A. Monserrat aplicar el índice de entidades en sustitución de los sectoriales va en contra del espíritu de la Directiva 93/13, que busca el efecto disuasorio en la aplicación de cláusulas abusivas impuestas por empresarios (bancos) a consumidores. El índice de entidades no puede aplicarse como supletorio por los jueces nacionales, ya que en esencia es idéntico al IRPH de cajas y de bancos.
Conclusiones del abogado general 2019
El día 10 de septiembre de 2019 los afectados por una hipoteca con IRPH lo marcarán en fuego. El abogado general del TJUE dio la razón a la tesis de los que defendemos que el IRPH puede ser abusivo por falta de transparencia. Veamos las principales conclusiones del asunto C-125/18M Gómez del Moral Guasch / Bankia:
El Abogado General Sr. Szpunar, propuso al TJUE que en su futura sentencia declarase, en primer lugar, que una cláusula contractual pactada entre un consumidor y un profesional, como la cláusula de IRPH Cajas, que fija un tipo de interés tomando como valor de referencia uno de los seis índices de referencia oficiales legales que pueden ser aplicados por las entidades de crédito a los préstamos hipotecarios con tipo de interés variable, no está excluida del ámbito de aplicación de la Directiva 93/13. Aunque el IRPH sea un tipo de referencia legal, no es obligatorio para el banco y, por tanto, puede ser objeto de escrutinio por el juez nacional. Así lo consideró el TJUE en su sentencia de 3 de marzo de 2020.
No se puede alegar la excepción de la Directiva que considera "que la apreciación del carácter abusivo de las cláusulas no se referirá a la definición del objeto principal del contrato ni a la adecuación entre precio y retribución, por una parte, ni a los servicios o bienes que hayan de proporcionarse como contrapartida, por otra, siempre que dichas cláusulas se redacten de manera clara y comprensible" ya que esta excepción no ha sido traspuesta al Derecho español. El TJUE considera no es aplicable la excepción.
La fórmula de cálculo del IRPH Cajas resulta compleja y poco transparente para un consumidor medio.
No cabe exigir al banco que ofrezca diferentes índices de referencia a los consumidores, ya que según el abogado general el IRPH Cajas era un índice oficial publicado en el BOE, de relativamente fácil acceso. Por tanto, para el abogado general no es preciso que el banco comparara el IRPH con el resto de índices oficiales. El TJUE para valorar la transparencia exige, entre otras cosas, que se haya entregado la evolución pasada del IRPH de los dos años anteriores a la firma.
Al efectuar el control de la transparencia de la cláusula IRPH Cajas, el juez nacional debe comprobar, teniendo en cuenta el conjunto de circunstancias que rodearon la celebración del contrato, por una parte, si éste exponía de manera transparente el método de cálculo del tipo de interés, de manera que el consumidor estuviera en condiciones de valorar, basándose en criterios precisos e inteligibles, las consecuencias económicas que del mismo se derivaban para él (con una referencia a la evolución en el pasado del IRPH) y, por otra parte, si el citado contrato cumplía con todas las obligaciones de información previstas en la normativa nacional.
El abogado general no se pronuncia sobre las consecuencias que se derivan de la declaración del carácter abusivo del IRPH, por lo que no sabemos si procederá aplicar el Euribor, dejar sin interés el préstamo o qué consecuencias. El TJUE sí se pronuncia, si bien no queda del todo claro qué efecto tiene: sin referencial (préstamo a tipo de interés del diferencial), con Euribor u otro tipo de referencia hipotecario oficial.
Se puede descargar el documento de las conclusiones del Abogado General del TJUE aquí.
Informe de la Comisión Europea de septiembre de 2018
La Comisión Europea (CE) da un espaldarazo muy importante a los afectados por una hipoteca de este tipo, que habían visto como el Tribunal Supremo les cerraba la vía judicial para reclamar. En un documento de la CE fechado el 31 de mayo de 2018 remitido al TJUE, que puedes consultar aquí, arremete contra la inclusión opaca de este tipo de referencia en muchos préstamos hipotecarios en España. Aún tendremos que esperar a la decisión del TJUE, pero este informe de la CE da muchas esperanzas a los afectados por hipotecas IRPH.
Sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2017
En este artículo en el blog de Futur Legal se analiza la Sentencia número 669/2017 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo considera que el IRPH como referencial hipotecario "no puede ser objeto de control de transparencia, puesto que tanto la Ley de Condiciones Generales de Contratación como la Directiva 93/13, de protección de los consumidores, excluyen de su ámbito de aplicación las condiciones generales que reflejen disposiciones legales o administrativas, aunque sí pueda serlo la cláusula que lo incorpora."
Malas noticias jurídicas del Supremo para los afectados, a los que les queda esperar a que la cuestión llegue al TJUE y el tribunal europeo escuche los argumentos del voto particular que formula el Magistrado D. Francisco Javier Orduña Moreno, y al que se adhiere el Magistrado D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
Una vez tenemos claro que, de momento, la justicia solo considera abusivo el IRPH por falta de transparencia, surge la pregunta de si puede ser manipulable por las entidades financieras. Si el propio Líbor o e Euríbor han podido ser manipulados, no parece descabellado que un índice como el IRPH también corra este peligro. El artículo 26 de la Orden EHA/2899/2011 establece que "En el caso de préstamos concedidos a tipo de interés variable, las entidades de crédito únicamente podrán utilizar como índices o tipos de referencia aquellos que cumplan las siguientes condiciones:
a) Que se hayan calculado a coste de mercado y no sean susceptibles de influencia por la propia entidad en virtud de acuerdos o prácticas conscientemente paralelas con otras entidades.
b) Y que los datos que sirvan de base al índice o tipo sean agregados de acuerdo con un procedimiento matemático objetivo."
Probar hasta qué punto las entidades pueden influir coordinadamente en el valor del Índice es la base para saber si es manipulable o no. Mencionar lo que decía el Síndic de Greuges sobre esta cuestión en este documento de septiembre de 2015. El informe comunica que según se desprende de las respuestas del Banco de España al pliego de preguntas del interrogatorio por escrito del procedimiento de tramitación ante el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Burgos, en el juicio ordinario 81/2014 (consultar respuesta por escrito del Banco de España sobre el IRPHaquí):
El IRPH de cajas se calculaba a partir de los datos facilitados por las mismas cajas cada mes.
El IRPH se calcula como media simple, con el mismo peso de todas las Cajas (IRPH sectorial), con independencia del volumen de préstamos concedidos. Por ello, si una caja, por haber incrementado un mes los tipos de interés o comisiones, perdía cuota de mercado, no variaba su representatividad en el índice.
A menos Cajas, más influencia en el índice de las que quedan (igual que ahora con el IRPH de entidades).
Cualquier caja podía influir en el resultado del índice de referencia de préstamos hipotecarios incrementado los intereses que aplicaba en el mes en cuestión.
Se declara la TAE, no el tipo de interés nominal. Con lo que se cargan comisiones y gastos, además del interés nominal.
El Síndic añade que en su consideración, el IRPH de conjunto de entidades que queda vigente adolece de los mismos defectos. Indicios hay de que el actual IRPH de entidades puede ser manipulado, si bien de momento la justicia no ha considerado esta posibilidad.
A este respecto el 3 de mayo de 2016 se publica el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los índices utilizados como referencia en los instrumentos financieros y en los contratos financieros o para medir la rentabilidad de los fondos de inversión (leer aquí) que puede ayudar a los abogados en sus demandas al respecto de la posibilidad de manipular el índice de referencia de préstamos hipotecarios.
Análisis desde la estadística
Fechado el 28 de junio de 2016, el Catedrático acreditado de Estadística Aplicada Juan Etxebarria Murgiondo emite el informe "Nota acerca del IRPH. Un análisis desde la Estadística" descargable aquí. Este informe fue encargado por Maite Ortiz y José María Erauskin, abogados voluntarios de IRPH Stop Gipuzkoa. Algunas de las conclusiones más relevantes del autor son:
La falta de ponderación de las entidades en función del número de operaciones y cuantía de las mismas hace del IRPH un índice manifiestamente mejorable como indicador de tendencia central. También se deberían los valores atípicos para que el IRPH fuera un indicador más robusto; la media aritmética utilizada en el cálculo del índice de referencia de préstamos hipotecarios no elimina o atenúa los datos atípicos, distorsionando el indicador. En el cálculo del Euribor ya se ha corregido este defecto, trabajando con medias recortadas.
Analizada la fórmula utilizada para obtener el valor numérico del Índice, concluye el experto en estadística que "se demuestra la posibilidad y capacidad de las entidades que aportan los datos para el cálculo del índice, para incidir, influir, manipular y condicionar el resultado final tanto de cada una de ellas de forma individual como de forma grupal, en el caso de que las mismas decidieran hacerlo de forma coordinada."
Al incluir las comisiones en la información de los tipos medios ponderados que se envían al Banco de España, se produce un efecto inflacionista a la vez que multiplicador de dicha comisión. Los cálculos posteriores arrastran las comisiones, a las que se añaden las nuevas comisiones, simplificando. Para evitar este efecto, se deberían tomar tipos nominales, no TAE.
Estudio de la Direcció General de Consum del GOIB
El 9 de febrero de 2022 la Dirección General de Consumo publica un estudio financiero sobre el índice de referencia de préstamos hipotecarios. En su Portal Consumo explican que: "La Dirección General de Consumo ha publicado un estudio financiero sobre el índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) que tiene por objeto servir de herramienta de ayuda a abogados y juristas para descifrar la complejidad del índice desde el punto de vista financiero. Todo ello con un lenguaje accesible.
El informe hace referencia, entre otros aspectos, a lo que se consideran «los cuatro pilares del engaño financiero del IRPH», es decir, «una a redacción incomprensible, alambicada y con información parcial; los argumentos extrafinancieros; la cláusula freno, y la afectación del riesgo ajeno», conceptos que explica el documento de forma extensa."
El autor del informe es Guillem Bou Bauzá, autor de los cálculos financieros en el informe sobre la materia del Síndic de Greuges de Catalunya. También han participado los profesores titulares del Departamento de Economía de la Universidad de Barcelona, Josep González Calvet y Joaquín Turmo Garuz, quienes han colaborado en la redacción, elaboración de contenidos y revisión de conceptos económicos.
Para una hipoteca de 150.000 euros contratada a 30 años a principios de 2004, referenciada a IRPH de entidades más 0,25%, el importe a reclamar en una demanda si se dicta sustituir el índice de referencia de préstamos hipotecarios por Euribor es de casi 40.000 euros:
Descubre el 📅 valor del Euribor de hoy 🧿 previsiones del Euribor para finales de 2026, 2027 y 2028 que manejan los expertos, Banco Central Europeo (BCE), Bankinter, Funcas y Caixabank. Estaremos atentos a los cambios de proyecciones que las casas de análisis y los iremos actualizando.
⏱️ Marzo de 2026: Bankinter actualiza sus previsiones a 23 de marzo de 2026: entre el 2,30% y 2,45% (2026 y 2027).
En la última reunión de política monetaria del BCE de 30 de abril de 2026, mantiene sus tipos oficiales: 2,00% (facilidad de depósitos), 2,15% (operaciones principales de financiación) y 2,40% (facilidad marginal de crédito). Sin embargo, alerta del efecto de la guerra de Oriente Medio en la inflación y el crecimiento en Europa. No se descartan subidas de tipos en las próximas reuniones.
La última previsión del Euribor (3 meses) para 2027
2,60% (BCE)
En cuanto a la evolución real del referencial hipotecario, el Euribor a 12 meses de abril de 2026 cierra en el 💡2,747%. Se encarece respecto al mes pasado (2,565%) y al año pasado (2,143%). Por cada 100.000€ de deuda pendiente, en una hipoteca de 25 años de plazo y Euribor + 1%, la cuota pasará de 481,68€ a 512,85€: un aumento al mes de 31€ (375€ al año).
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