Tengo en propiedad el 50% de mi piso. Puedo pedir algún tipo de préstamo poniendo como aval el 50% de mi propiedad? Necesito liquidez para reunificar diferentes préstamos y pagar cuota más pequeña. Tengo todos los pagos al corriente, nunca he estado en ningún tipo de listado de morosidad. En un momento puntual de mi vida, tuve que hacer gastos extras.
Llevo desde finales de 2017 en mi actual trabajo, administrativa en un despacho de asesores fiscales. A partir de marzo de 2018 me harán contrato fijo.
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Buenas tardes,
Actualmente, desde el punto de vista técnico y legal de un intermediario financiero, el planteamiento de utilizar únicamente el 50% de la propiedad como aval presenta ciertas particularidades que debemos analizar detalladamente.
A nivel jurídico y bancario, no es posible hipotecar o poner como aval únicamente un porcentaje proindiviso de un inmueble sin que el otro copropietario intervenga en la operación. Una hipoteca se constituye sobre la totalidad del bien porque, en el hipotético caso de que se produjera un impago, una entidad financiera no puede ejecutar o subastar solo la mitad de una vivienda, ya que físicamente no se puede dividir un piso por la mitad. Por lo tanto, para poder solicitar un préstamo hipotecario de reunificación utilizando esa vivienda, necesitamos obligatoriamente que el titular del otro 50% de la propiedad firme la operación y consienta la constitución de la hipoteca, aunque no actúe como deudor principal de los préstamos que vas a agrupar. Si cuentas con el apoyo y la firma de la otra parte, las opciones de conseguir la liquidez que necesitas se abren por completo y se vuelve una operación sumamente viable.
Si el otro copropietario accede a firmar, en RN estudiaríamos tu perfil para diseñar una operación a tu medida. Con la garantía de la vivienda completa, podríamos tramitar un préstamo de reunificación. Te invito a que conozcas más sobre cómo trabajamos y las alternativas que ofrecemos a través de nuestro portal https://www.tusolucionhipotecaria.com/ donde analizamos cada caso particular para encontrar la viabilidad que el mercado tradicional a veces deniega de primeras.
En el caso de que la otra persona se niegue en rotundo a firmar y no puedas disponer de la vivienda como garantía, las alternativas cambian drásticamente. Sin el aval inmobiliario completo, tendríamos que estudiar la reunificación mediante un préstamo personal sin garantía hipotecaria, basándonos exclusivamente en tu nómina y tu capacidad de endeudamiento.
Un Saludo,
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