Me lo ha contado una conocida pero aun no doy crédito. Es cierto que si fallece tu padre o tu madre, igualmente hay que presentarle la declaración del IRPF?
saludos
Pau A. Monserrat Pregunta respondida 9 febrero, 2021
1 Respuesta
La verdad que no es fácil explicarle a un heredero que ha perdido a su padre, madre, esposo… que, además, cuando llegue el plazo de presentación general del IRPF, además de su declaración, ha de presentar la declaración del IRPF del fallecido (que necesariamente será individual). Así lo fija el artículo 96.7 de la LIRPF:
“Los sucesores del causante quedarán obligados a cumplir las obligaciones tributarias pendientes por este Impuesto, con exclusión de las sanciones, de conformidad con el artículo 39.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.”
Pau A. Monserrat Pregunta respondida 9 febrero, 2021
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