Qué saber cuando el banco te recomienda un fondo de inversión
Situación muy frecuente en estos momentos, con un escenario de tipos de interés en mínimos que provoca unas rentabilidades pírricas de los depósitos a plazo fijo.
Los fondos de inversión son un producto interesante para invertir parte de nuestro ahorro, por la capacidad de diversificar en mercados y activos, con gestores profesionales y una fiscalidad atractiva.
Al no tributar hasta que vendemos las participaciones y, además, permitir el cambio de fondos sin pagar un peaje fiscal, suponen una magnífica herramienta de inversión a medio y largo plazo. De hecho, la mala costumbre del cliente español medio de contratar solo depósitos a plazo e ir renovándolos a medida que vencen, es una mala estrategia para maximizar nuestros ahorros. Cada producto financiero tiene un sentido según el objetivo de la inversión y el plazo deseado: un depósito o una cuenta remunerada no sirven para ahorrar a largo plazo, sea para nuestra jubilación, sea para financiar los estudios universitarios de nuestros hijos.
Los últimos datos ofrecidos por la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (Inverco), a 31 de octubre de este año, reflejan una evolución positiva en la contratación de fondos en lo que llevamos de año. El patrimonio total gestionado por los fondos de inversión domésticos se situó en los 220.307 millones de euros, con un crecimiento del 13,1% en lo que llevamos de año. Por otro lado, se observa una tendencia del inversor a asumir cada vez más riesgos, para poder obtener una rentabilidad mínima en un entorno de tipos de interés cercanos a 0. Según Inverco, el porcentaje del patrimonio en fondos garantizados ha disminuido del 42,1% en diciembre 2012 hasta el 10,7% en octubre 2015. Por otro lado, el patrimonio invertido en fondos mixtos y de renta variable, más arriesgados, pasa del 16,4% a finales de 2012 hasta el 41,8% a finales de octubre de 2015.
Si atendemos a la rentabilidad media ponderada de algunas categorías de fondos, de menor a mayor riesgo, a corto y largo plazo, observamos lo siguiente:
Los fondos monetarios, los más seguros que existen, rentaron en términos anuales (con datos a 31 de octubre) un 0,01%. A 10 años habríamos obtenido una rentabilidad media anual del 1,48%, asumiendo el mínimo riesgo posible invirtiendo en fondos.
Los fondos de renta fija de la zona euro a corto plazo, los segundos con menor riesgo y que coronan la categoría con más patrimonio gestionado (33.010 millones de euros), rentaron ligeramente en negativo (los partícipes perdieron dinero) en lo que llevamos de año, un -0,09%. A 10 años la rentabilidad anual se sitúa en el 1,44%.
Los fondos de renta fija mixta euro han obtenido un 1,09% de rentabilidad este año, mientras que a 10 años han conseguido un 2,22%.
Si nos vamos al fondo de inversiones con más riesgo que invierte en activos de renta variable nacional, comprobamos que en un año han dado un 6,25% este año, un 3,29% anual a 10 años vista.
¿Qué categoría de fondos ha sido la más rentable este 2015?
La respuesta nos la dan los fondos de renta variable internacional con activos en el mercado nipón, que han rentado un 14,74%. Si el lector deduce que son los mejores, advertirle que a 10 años habría obtenido solo un 0,34% anual.
¿Y a largo plazo?
Tomando como horizonte de inversión la década, la categoría de fondos más rentable habría sido la de renta variable internacional resto del mundo, con un contundente 5,13% anual en el periodo estudiado.
Una primera idea del riesgo de un fondo es analizar su rentabilidad a largo plazo y, además, la pérdida máxima que ha sufrido en un momento dado, para valorar si estamos dispuestos a perder esta cantidad de capital sin perder el sueño y la salud financiera.
El problema del cliente medio que contrata mediante una oficina bancaria es doble:
- Su falta de conocimientos financieros, que le dificulta apreciar qué fondo de inversión se adapta a sus objetivos y, también, cuando cambiar de fondo para implementar una estrategia dinámica.
- La falta de incentivos de los bancarios a la hora de asesor. En las oficinas normales no suelen atendernos expertos en fondos, lo que supone un riesgo de comercialización inadecuada de este tipo de productos.
La comercialización adecuada de un fondo de inversión deber cumplir con los siguientes principios básicos, fijados por el Tribunal Supremo en relación a la prestación de servicios de inversión (STS 610/2015):
- Actuar de forma honesta, imparcial y profesional, en el mejor interés de sus clientes.
- Proporcionarles información imparcial, clara y no engañosa.
- Prestar servicios y ofrecer productos teniendo en cuenta las circunstancias personales de los clientes, intentando así evitar que el cliente contrate productos o servicios no ajustados a su perfil o que no satisfagan sus expectativas.
Aplicando estos principios, por otro lado muy razonables, el empleado del banco debería averiguar los conocimientos del cliente y sus preferencias, antes de recomendarle un fondo. Una oficina que comercializa el mismo fondo a todos sus clientes, por el mero hecho de estar en campaña, está actuando fuera de la Ley. Ni más. Ni menos.
El bancario que dice a sus clientes cosas como “con los fondos de renta fija no se puede perder dinero” o “espera a vender, que el fondo se recuperará”, está engañando a los ahorradores, por ignorancia o mala praxis. Para recomendar un fondo se tiene que entender el folleto del fondo y ser capaces de explicarlo de forma sencilla al potencial inversor.
Es censurable, por ética y por normativa, que se recomiende un fondo a un ahorrador conservador que busca depósitos a plazo, argumentando que invirtiendo en determinado fondo “garantizado” no se puede perder dinero y que es “muy similar” a un depósito. El asesor bancario profesional conoce las diferencias entre los diferentes productos financieros y valora el perfil de sus clientes, recomendándole lo que le puede convenir y obteniéndose de ofrecerle productos no convenientes.
Recientemente la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha empezado a alertar de determinadas prácticas que se alejan de la normativa, en relación a la comercialización de fondos. Bajo el título “Comunicación de la CNMV sobre el contenido y formato de la información publicitaria en las páginas web de entidades gestoras y comercializadoras de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC)” nos da una guía de cómo no se deben vender estos instrumentos de inversión colectiva. El relación a las rentabilidades históricas que nos comunican, no pueden hacer referencia a periodos superiores al año (para que el cliente no se haga la idea de que rentan más), ni informar de rentabilidades históricas obtenidas con anterioridad a un cambio sustancial de la política de inversión de la IIC. Además, se ha de informar de la rentabilidad histórica de, al menos, los últimos 5 años, para que se haga una idea certera.
Los fondos de inversión ofrecen rentabilidades futuras desconocidas, ya que no es posible saber la rentabilidad que nos dará un fondo; no es una práctica aceptada por la CNMV que se utilicen simuladores o vídeos que calculan una rentabilidad potencial que se obtendrá en el futuro, en base a la rentabilidad histórica obtenida por la IIC desde su constitución. Nos debe quedar grabado: las rentabilidades pasadas no garantizan remuneraciones futuras.
La CNMV censura que se destaquen los elementos positivos sin informar de los riesgos asociados a la inversión. Incluso con los mal llamados “fondos garantizados” se puede perder capital, sea por necesitar el dinero antes de la fecha de la garantía (o después), sea porque el fondo invierte en activos que sufren pérdidas por quitas o quiebras del emisor, por ejemplo.
Invertir en fondos: siempre con formación, información y un asesoramiento de calidad.
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