En esta ocasión vamos a tratar de analizar de la forma más clara posible el enrevesado contrato atípico de cambio de solar por edificación futura. Atípico para algunos autores, ya que otros lo identifican con el contrato de permuta, con la especificidad de que se intercambia un bien presente, un solar edificable, por un bien futuro, sea un chalet, adosado o piso a construir en este mismo solar.
Veremos los riesgos que aparecen al permutar un bien presente para recibir un eventual bien futuro, algunos de los efectos del incumplimiento del promotor-constructor.
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Contactar con Pau A. Monserrat: monserrat@economistas.org.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet). Entre otros, La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y retos del sistema financiero, Aranzadi, 2022).
Pau A. Monserrat considera la economía y las finanzas no solo como una profesión, sino como una forma de entender el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar las relaciones entre los distintos agentes económicos. Se ha mostrado activo en la promoción de la educación financiera y la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos del consumidor en el sector financiero.
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