¿Ahorramos dinero con la reunificación de deudas y préstamos?
La reunificación de deudas y préstamos no ha sido nunca muy bien entendida ni por las familias ni por las asociaciones y demás adalides de defensa del consumidor. Es una hipoteca que agrupa todos nuestros préstamos y deudas en un mismo préstamo hipotecario, útil en casos de sobreendeudamiento puntual de la familia. Con esta nueva hipoteca se consigue pagar menos al mes, si bien debe quedar claro que ello se consigue ampliando el plazo de pago de las deudas, y los gastos de la operación aumentan la deuda pendiente.
Con un ejemplo práctico entenderemos mejor porqué se reducen los pagos mensuales (pero aumenta la deuda pendiente):
Imaginemos una familia que contrató una hipoteca hace años, cuyo capital pendiente a día de hoy es de 100.000 euros. Uno de los miembros quedó en paro y no encontró trabajo dos años después, con lo que durante este tiempo los ingresos eran insuficientes para pagar todos los gastos mensuales; además tenía un préstamo personal de 10.000 euros de un coche. Para poder tirar adelante fueron tomando dinero a crédito de dos tarjetas oro, cuyo crédito dispuesto a día de hoy es de 6.000 euros cada una.
La suma de pagos financieros mensuales actual es:
- La hipoteca de 100.000 euros vence en 15 años. Paga un euribor + 1 (la última revisión dio como resultado un 3,147%). La cuota que pagan es de 695 euros.
- Del préstamo del coche, al 10% de interés, le quedan 3 años. La cuota mensual es de 322 euros.
- En cuanto a las tarjetas, se paga una cuota fija de 150 euros por tarjeta.
Total pagos mensuales: 1.317 euros.
Si reunificamos todas las deudas en una nueva hipoteca, los gastos de la operación aproximados son:
- Comisión de apertura: supongamos un 2%, 2.670 euros.
- Gastos de cancelación de las deudas (excepto la hipoteca): 300 euros.
- Gastos de cancelación del préstamo hipotecario y de la nueva constitución del préstamo: 1.600 euros + 3.950 euros.
- Honorarios de la reunificación: supongamos un fijo de 3.000 euros.
Total gastos de reunificar deudas: 11.520 euros.
Total deuda pendiente nueva hipoteca: 133.500 euros. Imaginemos que la hipoteca se concede a 15 años y a un Euribor + 2 (tomando el nuevo tipo de interés de el mes de agosto, nos resulta un 4,097%).
La cuota resultante es de 994 euros. Por tanto, cada mes pagamos 323 euros menos que antes (una rebaja del 25,53%), si bien hemos reunificado todas las deudas a 15 años y nuestra deuda pendiente es superior (al incluir los gastos de la operación). La rebaja mensual sería mayor si en lugar de tomar 15 años hubiésemos ampliado el plazo.
La agrupación de deudas en una sola cuota hipotecaria es una buena solución, siempre y cuando sea puntual y no se repita de nuevo la espiral de endeudamiento familiar (en estos casos no se trata de reunificar préstamos, sino de aprender a no gastar por encima de los ingresos).
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (octubre 1997) y en Administración y Dirección de Empresas (julio 1999) por la UIB. Master Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (enero 2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet): La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo La educación financiera desde el sector privado (Libro La prevención del sobreendeudamiento privado, Aranzadi, 2017); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); capítulo Un análisis práctico de la toma de decisiones de un consumidor medio (Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech, Wolters Kluwer, 2021); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y restos del sistema financiero, Aranzadi, 2022); Los puntos de conexión entre el reglamento sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero y el reglamento sobre los mercados de criptoactivos, y la regulación del mercado de valores (Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión, Aferre, 2024).
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