La reforma laboral y los sindicatos: ¿opiniones de un esquirol autónomo?
Esta entrada es más de opinión personal que de economía pura y dura, si bien el que opina es economista, y no ultra-liberal ni chorradas por el estilo. No estoy en contra de la actividad sindical, de hecho mi familia ha tenido vinculación personal y profesional con CC.OO.
Pero lo que tenemos hoy en día dista mucho de ser un sindicato. Al menos un sindicato moderno que entienda y luche por una realidad en la que a todos nos ha tocado vivir. Los sindicatos mayoritarios no viven de las cuotas de sus afiliados. El Estado además se encarga de cubrir gran parte de sus gastos. Eso no es malo por si mismo, pero lo que está claro es que compromete su independencia.
Si los que le pagan no son sólo sus afiliados, sino todos los contribuyentes, lo lógico sería que nos tuvieran en cuenta y sus propuestas buscaran la salud de la economía en su conjunto. A los parados, a los autónomos, a los pensionistas, a las amas de casa y a los inmigrantes, por citar algunos colectivos, sus decisiones deberían serles afines.
Ahora resulta que hay que ir a la huelga por los derechos de los trabajadores. Mire usted, convénzame con argumentos. Argumentos técnicos, no ideológicos. Los millones de parados se merecen una economía sana, productiva y que genere empleos de calidad. ¿Cuáles son sus propuestas al respecto?
Esta huelga general a mi me suena a pantomima. Algunos dirán que soy un malvado empresario y un tecnócrata explotador que busca convertir el mercado laboral en una subasta de esclavos. Tonterías. Yo quiero vivir en un país que genere empleo de calidad, estable, formado y productivo. Eso es bueno para trabajadores y empresarios. Pero convocar una huelga general contra la reforma laboral no es un argumento válido si no va acompañado de medidas de creación de empleo efectivas, que los más de 4 millones de parados tienen derecho a vivir en un país que genere empleo.
No es el momento de huelgas generales, es el momento de dar lecciones de economía desde los sindicatos (digo yo que tienen economistas en el sindicato).
¿Seré un esquirol si no voy a la huelga y soy un autónomo sin empleados? Preguntaré a un sindicalista.
¿Es posible otra reforma? seguro. Pero hay que reformar, el sistema no funciona. Y la reforma implicará perder derechos adquiridos por parte de los trabajadores, o que me lo explique un verdadero técnico sindical. Soy todo oídos.
Veamos si podemos comentar razonada y razonadamente en lo que no estamos de acuerdo con lo que nos dice un técnico del sindicato CC.OO. llamado Francisco Gualda en un estudio que ha llegado a Meneame titulado Los efectos prácticos de la Reforma Laboral:
Permite el despido ante las cuentas de resultados que arrojen pérdidas, sin concretar el número de trabajadores afectados, ni como el despido sirve para recuperar la estabilidad de la empresa. todo ello se sustituye por el criterio de que los ceses sean “mínimamente razonables”, que es la formula legal utilizada para dar entrada al criterio subjetivo del empresario sobre la decisión de despedir sin control judicial posible.
¿Lo que mal empieza mal acaba? Lo digo por que mal vamos si en la presentación ya se sueltan frases rimbombantes para exaltar al populacho: La tutela judicial efectiva no desaparece ni desaparecerá, al referirse a las causas económicas de despido. El trabajador siempre podrá acudir a los tribunales si considera que sus derechos han sido vulnerados. Y lo que deberían hacer los sindicatos es poner a disposición de ellos un servicio jurídico de calidad a bajo coste. De hecho serán los tribunales quienes acoten el concepto de dificultades económicas que amplia la reforma laboral.
Eso dice el estudio de CC.OO. La reforma dice:
Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas; o la disminución persistente de su nivel de ingresos, que puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen de empleo. A estos efectos, la empresa tendrá que acreditar los resultados alegados y justificar que de los mismos se deduce la razonabilidad de la decisión extintiva para preservar o favorecer su posición competitiva en el mercado.
En la práctica, los Tribunales definirán cuándo una empresa aporta razones para ello. Y me temo que no se lo pondrá fácil, lo que hará que en realidad la posibilidad de utilizar el concepto de pérdidas previstas será muy limitado o prácticamente nulo.
La actuación del Fondo de Garantía salarial se mantiene y amplía para facilitar los costes del despido a las empresas.
Se refiere a que el FOGASA, de forma transitoria, abonará 8 días en los despidos que no sean disciplinarios. Sin duda se reducen los costes de despido, pero de la forma que lo dice el sindicalista parece que a las empresas les encanta despedir. Y debería seguir diciendo que este sistema es transitorio a la espera de que se adopte un modelo tipo autríaco que incentive el cambio para mejor de los empleados entre empresas. Reitero verdadera medida estrella que el gobierno no debería haber dejado para regular en un futuro.
Lo siento pero ya no sigo leyendo el pseudo-estudio. Lo que dice este señor o es falso o es sesgado o es tan inteligente que ha captado lo que yo no he sido capaz. La reforma NO AFECTA a la situación de los contratos ordinarios indefinidos ya firmados. De hecho, el problema es que tenemos trabajadores de primera y de segunda (los que tienen trabajo, que después están los parados).
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!