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En este décimo artículo resumiendo la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario veremos cómo se regula a los prestamistas inmobiliarios, figura definida en la reciente norma como toda persona física o jurídica que, de manera profesional, realice la actividad de concesión de los préstamos cuando el prestatario, fiador o garante sea una persona física y el préstamo o crédito hipotecario tenga como garantía una hipoteca sobre un inmueble de uso residencial.

Lo que comentaremos en este artículo respecto a los prestamistas inmobiliarios no se aplica a las entidades de crédito, a los establecimientos financieros de crédito ni a las entidades de dinero electrónico, solo a los prestamistas privados. Por tanto, a efectos de este resumen, un prestamista privado es un prestamista inmobiliario distinto a los bancos y figuras afines.

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