Buenos días. Por fecha de compra sí, ya que esta no se determina por las escrituras, si no por un contrato privado. El problema es que otro requisito es haberse deducido ya en el año 2012 o en anteriores, si no lo ha hecho (podría haber incluido esas entregas en ese año), no lo podrá realizar en el futuro.
Licenciando en Administración y Dirección de Empresas (UAM). Grado en Geografía e Historia (UNED).
Master en Métodos y Técnicas de Investigación Histórica, Artística y Geográfica (UNED). Doctorado por la UNED.
Experto independiente de Futur Finances. Redactor de contenidos económicos en multitud de portales de Internet y divulgador de finanzas personales en medios de comunicación.
Investigador de mercados.
“Un consumidor bien informado toma mejores decisiones de financiación, inversión y relacionada con la fiscalidad. Antes de asumir cualquier obligación relevante, como contratar una hipoteca, debe acudir a las mejores fuentes de información y apoyarse en un asesoramiento independiente experto.”
Comentarios recientes