Hola buenos días,

Mi marido y yo nos separamos y hemos acordado que el piso se lo quede él . hemos pactado que él me ha de pagar 200.000 eur menos la mitad de lo que nos queda de hipoteca que ahora mismo son unos 20.000 eur . por lo que él debería pagarme 190.000 eur .  Como tiene dificultades para que le concedan la hipoteca por tanto importe, había pensado en que me pagara ahora 150.000 – 10.000 de la hipoteca = 140.000 y los otros 50.000 eur cuando herede  .

Mi pregunta es. se puede hacer así? Se puede incluir esto en un convenio regulador ?( los hijos son mayores de edad los dos )  El valor de la transacción constará como  200.000 eur ?

En caso que sí, cuando cobre en un futuro el resto de su deuda ( 50.000 eur) no tendré que pagar nada a hacienda, no? porque es un pago aplazado…

Muchas gracias por su ayuda, un saludo

Buenas tardes,

Mi mujer y yo firmamos a finales de julio divorcio ante notario y en el convenio firmamos que yo me quedaba con el piso teniendo 9 meses para conseguir el capital y poder comprarle su parte. ING ha sido la entidad que accedido a darme la hipoteca (originalmente en la Caixa). El importe que tengo que pagar a mi expareja es de 36.000€, siendo el total de la nueva hipoteca 92.500€. De los 36.000€ ya adelante 7.500€.

Recibí de ING el desglose de la provision de fondos y encuentro el total un tanto elevado. Por gastos de notaria por la extincion de condominio pide 1.800€. Asi como 1.100€ en concepto de impuestos. He hablado con la gestoria de ING y con un notario de Badalona (donde residimos) y por un lado ING insiste en que los impuestos han de pagarse y por otro lado el notario me ha indicado que si bien el AJD está exento en extincion de condominio éste no se especificó como tal en el convenio. Es decir, no me adjudicaba directamente el piso sino que se ofrecia la posibilidad si conseguía la financiacion en un plazo de 9 meses.

Aparte el piso se compró por 130.000€, lo valoramos en 150.000€ a la hora de calcular la parte a pagar y la tasación arrojó un valor de aproximadamente unos 144.000€.

Las preguntas son las siguientes:

  1. Sería posible hacer primero la novación hipotecaría sin indicar que hay una extincion de condominio de por medio? Es decir pedir los 92.500€ y a posteriori realizar la extincion de condominio con unos costes inferiores
    a los que me están pidiendo en ING? El tramite de inscripcion en el registro lo haría yo mismo ahorrandome esos costes. También presentaria el mod. 600 yo mismo.
  2. Con el tema del pago del AJD quien tiene razón? ING, el notario al que pregunté? Aquí en Cataluña está la
    Ley 2/2016, de 2 de noviembre que bonifica al 100% el AJD los divorcios firmados ante notario.
  3. Si el piso se compró por 130.000€, está tasado en 144.000€ y le dimos valor de 150.000€ es correcto pensar que mi expareja tendrá que pagar IRPF por haber tenido una ganancia en la venta? 19% de 150.000€ – 144.000€ / 2. Es decir 19% de 3.000€ = 570€?. O el calculo se haría sobre el valor de adquisicion, 130.000€?

Muchas gracias de antemano.

Hola,

Me acaban de denegar la hipoteca, porque no trabajan con fincas propiedades de tipo rustico.

El caso es que en la nota simple, aparece toda la propiedad, fina más vivienda, como un todo, con una sola referencia catastral, y de tipo rustico.

Pero esa referencia catastral no existe en el catastro actual…

Por contra, en el catastro, aparece por un lado la vivienda, de tipo urbano, y por otro el terreno, de tipo rustico, cada uno con su referencia catastral.

¿Qué puedo hacer para conseguir la hipoteca como si fuera urbano?

¿Se puede cambiar el registro de la propiedad para que coincida con el catastro? ¿Cómo? ¿Dónde?

Gracias.

Buenas tardes,

Próximamente mi situacion laboral cambiará de un contrato indefinido de casi 2 años por un contrato temporal de ETT (cubrir 4 meses una maternidad) con un aumento salarial de un 50% (trabajo en consultoría y paso a cliente, con la promesa verbal de continuidad). Mi pareja tiene un contrato indefinido de un 1 año. ¿Las condiciones hipotecarias que podemos conseguir cambian mucho con mi cambio de situación laboral? ¿En que nos perjudica?

¡Un saludo y muchas gracias!

Hola,

Mi mujer y yo estamos dados de alta como pareja de hecho, hemos adquirido una vivienda sobre plano y llega el momento de formalizar la hipoteca, mi pareja no trabaja y nuestra intención es formalizar la hipoteca solamente a mi nombre por beneficios con el banco, en total mi pareja va a aportar un 12% del total del coste de la vivienda y yo el resto (88%). Nuestra intención es formalizar la hipoteca indicando este reparto en la propiedad vivienda, ¿Habría algún problema desde el punto de vista fiscal?, las dudas que se nos plantean son:

  • Hay problema por tener un titular único en la hipoteca y dos propietarios en las escrituras con un reparto diferente?
  • Puede hacienda interpretar donación encubierta por el hecho de compartir vivienda?
  • Habría alguna forma legal y sin tener que pagar impuestos de escriturar la vivienda al 50% aunque las aportaciones no hayan sido al 50% por estar registrados como pareja de hecho con anterioridad a la firma de las escrituras?                                           Gracias por adelantado

Buenas tardes mi pareja y yo tenemos un piso al 50%. Quedan10.000€ de hipoteca, que pensamos liquidar a medias antes de realizar una extincion o cesion de condominio ya que ella quiere quedarse con el piso. Dicho piso se hipotecó a 25 años, y el prestamo fue de unos 115.000€. Como ha transcurrido mucho tiempo pensamos que el piso actualmente se podria vender en unos 200.000€. Hemos llegado al acuerdo de que ella me pague 100.000€.

mi pregunta es si esto se puede llevar a cabo, y si tendria que tributar por ello en el IRPF, aunque tengo entendido que este procedimiento tiene menos cargas fiscales que una compraventa a un particular. Les agradezco mucho su atencion un cordial saludo, jose manuel.

Hola,

en mi caso somos una pareja estable que adquirimos un piso donde la titularidad de la propiedad está al 85% y 15% (consta en las escrituras) y, a parte, tenemos una hipoteca conjunta de naturaleza ‘solidaria’. No hay hijos.

Entiendo que en términos de transmisión hay dos frentes a considerar en la separación, en primer lugar la compra de la propiedad de una de las partes por parte de la otra, cosa que se resuelve calculando el % a adquirir en base a una tasación previa y, en segundo lugar, tenemos la novación de la hipoteca entre ambos titulares.

En este segundo caso la parte ‘Adquiriente’ va a asumir la deuda de la parte ‘Transmitente’, la pregunta es: en el primer caso queda claro que el importe de la transmisión se basa en el % del valor tasado de la propiedad pero en el segundo caso tengo entendido que la novación de la deuda hipotecaria siempre se considera al 50%, esto es, a no ser que exista un acuerdo previo donde se disponga lo contrario, la parte Transmitente debe compensar a la parte Adquiriente (que va a asumir el 100% de la deuda) en el 50% del importe pendiente de amortización, es así ?

Hay un dato que puede confirmar esta suposición, en las declaraciones de IRPF respectivas, cada una de las partes se ha desgravado el 50% de la amortización anual debido a que el banco siempre ha comunicado tal distribución a la agencia tributaria y esto es algo que nadie ha cuestionado nunca.

Gracias de antemano por su respuesta.

Hola!

Tengo una hipoteca de 150000  a 30 años de la que me queda por pagar 70000 y 15 años.

Me gustaría saber si me podrían ampliar 50000 para pagar una deuda. No tengo ningún impago y unos ingresos de unos 4000 euros.

Sería como una reunificación de deuda y para ello ampliaría mi hipoteca y pasaría de los 15 años que me quedan a unos 25.

Buenos días,

Teniendo una vivienda al 50% con mi ex marido, con carga hipotecaria por valor de 140.000 euros, se puede hacer una extinción de condominio por 70.000 euros de mi ex, que es la parte pendiente de pago y no pagar ningún dinero a mi ex pareja? Es decir, me quedaría con la deuda en el banco de su parte, pero la casa no queda valorada por más importe que el que tenemos en hipoteca al haber bajado los precios de venta.

El valor puede ser pactado por nosotros o un perito debe confirmar el valor de la vivienda para hacer la extinción de condominio? Para saber si hay gastos de tasación nuevos. Ya que el gasto del IAJD me haría cargo yo al quedarme con la vivienda en total propiedad y la plusvalía entiendo no hay ya que la vivienda ha perdido valor en el mercado.

Gracias.

Hola. Mi marido y yo, clientes de ING desde hace 10 años, hemos pedido una ampliación de hipoteca de 63 mil que me quedan actualmente, a 91 mil. Parte de esta ampliación es para cancelar dos préstamos personales que tenemos, de los que nos quedan de pagar 13 mil.

Aunque tenemos nómina los dos, todo esto lo hacemos en un momento de solamente una nómina ya que yo me encuentro en situación de excedencia por cuidado de hijo.

Tengo miedo de que esta ampliación de hipoteca nos la denieguen, ya que aunque por capacidad de endeudamiento llegamos (sueldo de 1370, cuota antigua de hipoteca 280, cuota nueva serían 400), tenga el banco en cuenta la cuantía de los otros préstamos que en realidad cancelaremos en el momento de calcular el riesgo al concedernos la nueva hipoteca.

Cómo lo ven?

De paso preguntar si en caso de que nos lo denegaran, nos tocara pagar igualmente todo el gasto de tasación, etc.

Muchas gracias por la labor que hacen, se aprende mucho aquí.