Buenas tardes,

Tengo una duda sobre la información que tiene hacienda de mi hipoteca.

Tengo una hipoteca desde 2002 a nombre de mi marido y mia, pero hacienda en el borrador solamente me la incluye a mi por el 100%. Otros años al hacer declaracion conjunta no nos ha repercutido dicha informacióm,  pero este año el resultado mas favorable es indivudual, con lo cual para que nos devuelvan más cantidad debo dividir los gatos de la hipoteca a 50% e incluiraselo tambien a mi marido.

Mi duda es si divido la hipoteca hacienda lo admitirá como valido al no tener ellos esa información, aunque la hipoteca esta en escritura a nombre de los dos.

Espero haber explicado bien mi duda.

Un saludo.

Muchas gracias

Hola, Buenos dias,

Estoy haciendo la declaración de la renta y me surge una duda.

En junio de 2012, mi mujer y yo compramos una segunda vivienda, que hemos tenido alquilada hasta abril de 2019, y desde entonces vivimos en ella. Podriamos cambiar la que hasta esa fecha fue nuestra vivienda habitual por esta otra, para poder desgravarnos los gastos hipotecarios, ya que son mucho mayores?.

Muchas gracias.

Buenos días,

Tras divorcio y extinción condominio le compré su parte de vivienda. La hipoteca que teníamos era del 2007. Subrrogué hipoteca y desde abril 2019 soy la única titular al 100%. Entiendo que puedo deducirme mi 50% hasta abril y el 100% hasta diciembre, verdad? Así aparece mi información fiscal :

A) Constitución 2007( gastos 100 % deducibles)

B) constitución 2018 (parte nueva no deducible) : lo q tuve que pedir para comprar a mi ex marido su parte.

C) modificación en abril 2018(100% deducible por ser vivienda habitual) : lo que sigo pagando de capital e intereses de mi hipoteca del 2007

D) modificación 2018 no deducible (sobre préstamo nuevo)

(En mis datos fiscales aparece el mismo número de préstamo hipotecario pero unos días al 50% y el resto del año al 100%)

Concluyendo, entiendo que me puedo deducir A y C.

Muchas gracias

Hola,

En julio de 2019 realicé una modificación en la sentencia de divorcio en la cual se establecía que mi actual vivienda (hasta la fecha al 50% con mi exmujer) pasaba a ser 100% de mi propiedad mediante extinción de condominio compensando en metálico a la otra parte con 28.000€. La sentencia original del 2012 reconocía un usufructo por mi parte de como mínimo 5 años, del cual asumía todos los gastos de la vivienda + hipoteca, y se me retornaría un 50% de ellos (descuento) a la venta del inmueble. El caso es que no se como y si debería figurar esa cantidad (28.000€) como una perdida patrimonial en mi declaración de la renta. En caso afirmativo no sé la casilla dónde debe figurar el importe. Agradecería cualquier indicación al respecto. Muchas gracias. Saludos cordiales

Hola,

A mediados del 2019 realicé una extinción de condominio con mi expareja. En este caso, no hubo intercambio de dinero, ya que él se hizo cargo de la deuda de la hipoteca que quedaba y yo me quedé a 0 y sin deudas. Quería preguntar ¿cómo debo reflejar en la declaración de la renta 2019 esta transacción? En este caso no hay ganancias o pérdidas y, aunque he reflejado los días que la vivienda ha estado a disposición mía durante el 2019 no sé cómo abordar el tema de la transacción y cambio de propiedad.

Buenos Dias,

Quisiera exposer mi caso y si podrian solventrarlo con su respuesta.

Deseo deducir por aceptar el empleo en otro municipio( estaba desempleado con la demanda de empleo, encontré trabajo yo mismo, he residido 8 meses en otro CCAA del que tengo residencia habitual con un contrato de alquiler) Tengo derecho a dicha deducción? Agradezco enormemente por su tiempo.

Buenos días,

Adquirimos nuestra vivienda habitual el pasado 30 de spetiembre de 2019, hasta entoces de alquirer estabamos en otra vivienda.

Mi duda es que no si tengo que modificar algo en el borrador de la declaración.

Vivimos en Cataluña

Gacias

Sílvia

Todos los años añado al borrador el préstamo hipotecario pero este año lo añado y no aumenta el valor de mi total a percibir….no entiendo pq

Buenas tardes y gracias de antemano. Tengo una pregunta muy simple, a ver si también es simple responderla…

Tengo una cartera de acciones en Europa pero quiero diversificar más, qué me recomendáis bolsa americana (que dicen que está cara) o bolsa japonesa (que está más barata que hace 20 años). Yo me decantaría por la japonesa, tendría razón? Gracias

Estimados:

Mi pregunta es, si puedo solicitar al banco la compensación de la hipoteca con el saldo activo de otra cuenta en el mismo banco ante de una quiebra bancaria y si me ampara una ley en ello. Según estoy informada, en caso de una quiebra del banco, los saldos activos de los clientes en las cuentas se “confiscan” para pagar las deudas del banco, sin embargo las hipotecas siguen siendo nuestras deudas. Lo justo fuera que se haga una compensación antes de quedar con deuda pero sin saldo como cliente. Muchas gracias.