Qué requisitos y formación debe tener un profesional para que se le pueda considerar un asesor hipotecario independiente?
gracias
1 Respuesta
La regulación del asesoramiento hipotecario a la hora de pedir una hipoteca está en la Ley 5/2019 (leer resumen) y en el Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019. El Real Decreto 309/2019 dedica su Capítulo II a los servicios de asesoramiento y establece:
Respecto a los servicios de asesoramiento en general (artículo 3), según define el artículo 4.20 de la Ley 5/2019, que constituirá una actividad distinta de las de concesión e intermediación de préstamos inmobiliarios y será objeto de un contrato específico.
En su artículo 4 regula los servicios de asesoramiento independiente y exige los siguientes requisitos, además de los requisitos generales del artículo 19 de la Ley 5/2019:
- a) Tener en cuenta un número suficientemente grande de contratos de préstamo disponibles en el mercado, y presentarle al potencial prestatario al menos 3 ofertas vinculantes de entidades prestamistas, sobre cuyas condiciones jurídicas y económicas le asesorará.
- b) No percibir remuneración alguna por esos servicios de asesoramiento de uno o varios prestamistas o de cualquier tercero interesado en la operación.
Una regulación un tanto extraña, ya que un asesor independiente difícilmente obtendrá de los bancos 3 ofertas vinculantes, ya que estos exigen tasar. Por otro lado, un profesional puede dedicarse solo al asesoramiento independiente, sin prestar servicios de intermediación hipotecaria, y resulta absurdo que para ello deba presentar ofertas vinculantes de operaciones que el profesional no tramita.
Comentarios recientes