Buenos días. Soy avalista de un préstamo que constituyeron mis padres ya fallecidos. En 2017 ya fallecidos ambos puse en mi nombre una reclamación a liberbank solicitando los gastos generados de notaría, registro, asesoría y tasación. Con fecha de abril de 2013 me contestaron que presentase las facturas para proceder a dicha devolución. El 22 de Junio de 2021 me notifican que no tengo derecho a percibir dichos gastos al ser avalista y no titular del préstamo. He de decir, que ese piso lo he heredado y durante 5 años he estado pagando las cuotas del mismo apareciendo como titular hasta su cancelación en 2020. ¿Tengo derecho a percibir dichos gastos de la constitución del préstamo hipotecario?. ¿Cómo es posible que me respondan a la reclamación puesta a mi nombre y ahora me contesten que procede la devolución al no ser titular?. Muchas gracias
Apreciado Tomás,
Desde el momento que usted ha aceptado la herencia de sus padres, usted ha recibido no solo derechos sino también obligaciones, tales como hacerse cargo del préstamo hipotecario mediante el abono de sus cuotas hasta la cancelación del mismo en el año 2020.
Es debido a ello que le informo que usted está legitimado para pedir la devolución de los gastos hipotecarios, y eso es justificado porque usted, a través de la aceptación de herencia de sus padres, heredó la deuda hipotecaria derivada del contrato de préstamo hipotecario.
A su vez dicho préstamo hipotecario contiene todo un clausulado y es precisamente una de dichas cláusulas, en concreto la de gastos, la que se está invocando su nulidad como condición general de la contratación por ser abusiva.
La consecuencia de dicha declaración de nulidad es la restitución de las cantidades económicas abonadas a tal efecto.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
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