En 2003 compré mi vivienda habitual con un prestamo hipotecario de un banco, en 2005 cambié la hipoteca a otro banco, me cancelaron el préstamo anterior con el dinero de la nueva hipoteca y me dieron más dinero para invertirlo en reformas. Fue una cancelación de la anterior y crear un nuevo préstamo hipotecario para la misma vivienda. Que puedo desgravar? Me dijeron en hacienda que solo la parte destinada a la vivienda, pero todo lo que pedí fue para cancelar y para reformar. Se puede desgravar todo, parte o nada?
Gracias!!
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Desgraciadamente no, ya que sólo se consideran gastos asimilados a la adquisición los de la primera operación de financiación, es decir, los que te proporcionaron el capital destino a la compra de vivienda. Todos los gastos nuevos: cancelación, ampliación o impuestos de la ampliación, que ha tenido un destino distinto no son deducibles.
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