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Desgraciadamente no puedes desgravar por ninguna de las hipotecas. Por la primera, no deber铆as, aunque lo est茅s haciendo. Lo que te permite la Ley es no perder el derecho de desgravaci贸n cuando retornes a la misma ni tampoco devolver las cantidades abonadas con anterioridad, pero no que te deduzcas ya que en este momento no es tu vivienda habitual. Si la tienes vac铆a, pueden comprobar que es as铆 por, por ejemplo, el importe de tu recibo de la luz.
Por la segunda, por ser compra posterior al 31 de diciembre de 2012, tampoco tienes el derecho de deducci贸n, ni siquiera restando las cantidades ya amortizadas por la primera.
La 煤nica ventaja fiscal que mantienes es si vendes la primera vivienda la exenci贸n de los beneficios si reinviertes estas cantidades en la compra de la nueva vivienda habitual.
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