Muy buenas.
Somos 3 hermanos, que en 2009 recibimos de nuestra madre en Donacion un 33% de una casa en Torrox (Málaga) y un 33% de una finca rústica en el mismo municipio; siendo ambos bienes proindivisos que compartimos con 2 hermanos de nuestra madre, que tienen el 66% restante de los bienes.
Nos han propuesto comprarnos nuestro 33% de la finca rústica y al mismo tiempo vendernos su 66% de la casa del pueblo.
Nuestro 33% fue valorado por la Junta de Andalucía en 2009 en 183.663,80€. (Pagamos los impuestos correspondientes a esa valoración), ellos nos ofrecen hoy 60.000€. Y por la casa nos piden 47.000€.
La pregunta es: Qué sería lo mas adecuado realizar? Compra-Venta? Extinción de Condominio? O Permuta?
Muchas gracias de antemano y un saludo.
Loli
1 Respuesta
Apreciada Loli,
Si ustedes están en copropiedad, lo correcto es proceder a la figura jurídica de la extinción de condominio de ambas propiedades, ya que está prevista para atender casos como el que nos expone y con un tipo impositivo menor que el de la compraventa.
Respecto a las valoraciones, deben estar de acuerdo en los precios que quieren establecer para los porcentajes objeto de extinción (33 %).
Lo único que le aconsejaría es que consultara a un asesor fiscal la diferencia de valoración que van a establecer por la rústica y la posible repercusión fiscal si es que la hubiese.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
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