Hola, tenemos una hipoteca en común y hemos acordado que mi ex pareja se quede con el 100%, yo he decidido que no quiero nada a cambio, que pasos tengo que seguir, gracias
Apreciado Iván,
Debemos partir de dos situaciones para el análisis de la cuestión que nos planteas:
- Si estáis casados, podéis extinguir la copropiedad de la vivienda por vía judicial a través de convenio regulador adjuntado en la demanda de divorcio o separación.
- Si no estáis casados no podéis realizar la extinción de la copropiedad sólo por vía notarial a través de escritura de extinción de condominio.
Iván, en ambos casos es necesario establecer una contraprestación a cambio, puesto que sino el negocio jurídico no sería la extinción de la copropiedad sino otro como, por ejemplo, una donación, afectando tanto a la forma jurídica que se le debe dar cómo a la tributación.
Es por ello que se hace necesario precisar la expresión “sin pedir nada a cambio”, puesto que bastaría, por ejemplo, si la vivienda estuviese hipotecada que quien se adjudique la vivienda se haga cargo del préstamo hipotecario, y ese hecho ya de por sí es una contraprestación.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor es abogada de Futur Legal.
Comentarios recientes