Buenos dias,
Planteamos con la familia que yo compre la casa de mis padres pagando la mitad de su valor ya que la otra mitad me correspondería por herencia. En primer lugar quisiera saber como hay que calcular su valor real y en segundo lugar, pongamos que vale 300.000 eur, podría pedir 150.000 al banco sin ahorros reales? o debería sumar a los 150.000 los gastos? pongamos 180.000, sería viable una operación así?
2 Respuestas
Debemos estar atentos a la valoración que hace Hacienda de los inmuebles. Hacienda aplica unos valores de referencia que se recogen en la sede electrónica del Catastro y que sustituyen al “valor real”, por menos de este importe no es recomendable actuar ya que se practicará una declaración complementaria (en muchos casos) la cual conllevará sanción, intereses y la incertidumbre de pleitear con la Administración, aunque cabe la posibilidad de impugnar el valor de referencia. “Cuando los obligados tributarios consideren que la determinación del valor de referencia ha perjudicado sus intereses legítimos, podrán solicitando la rectificación de la autoliquidación “impugnando dicho valor de referencia”, pero esto supone una carga para el contribuyente que es el que tienen que iniciar y llevar adelante el contencioso con Hacienda.
Dicho esto, lógicamente puedes adquirir el % de la vivienda que todas las partes estén de acuerdo y tributarás en función del mismo, en el momento de heredar ya complementarás la totalidad de la titularidad. Ahora bien, en cuestión de financiación, será prácticamente imposible que la Entidad te financie solo un % de la compra, has de tener claro que para las Entidades la garantía de la financiación hipotecaria debe ser total y no parcial. Si ahora deseas adquirir el 50% deberás realizarlo con recursos propios.
Respecto al % a financiar, pues dependerá de los ingresos, gastos y estabilidad laboral que se demuestre.
Saludos cordiales.
Apreciado David,
A la espera de que alguno de los expertos en financiación se animen a responder, te comento:
La valoración del bien inmueble es cuestión de negociación entre las partes. Una forma objetiva de valoración sería pedir una tasación a una tasadora homologada por el Banco de España.
En cuanto a la posibilidad de financiación hipotecaria, el planteamiento que haces creo que no es correcto: la casa de tus padres, salvo que te hagan una donación, es de tus padres. El banco no te va a conceder financiación si no hay una donación previa (como mucho se plantearán la operación de hipoteca al mismo tiempo que la gestoría tramita la donación). Lo que no le puedes plantear al banco es la compra de la mitad de la casa a la espera de que en su momento recibas la otra parte en herencia.
En cuanto al importe que te financiaría el banco, esperemos a la respuesta de los intermediarios de crédito inmobiliario de nuestro panel, que conocen el día a día del mercado.
Saludos.
Comentarios recientes