Buenos días.
Planteo el siguiente caso:
Soy propietario de una vivienda, desde 2007. Tengo hipoteca sobre ella, sobre la que vengo deduciendo en la declaración de la renta.
En este año, estoy viviendo de alquiler en otra localidad, con mi familia. El contrato de arrendamiento es para vivienda, es decir, no es de temporada.
Como el arrendador va a declarar en la Renta 2018, que el arrendamiento es de vivienda habitual, yo no podría deducirme la hipoteca de mi vivienda en propiedad, puesto que se considera que mi vivienda habitual es, ahora, donde vivo de alquiler. ¿Estoy en lo cierto?.
¿Tendría que devolver a Hacienda las deducciones por hipoteca de años anteriores?
¿Volvería a poder deducirme por hipoteca cuando termine el contrato de arrendamiento y vuelva a residir en mi hogar en propiedad?
Gracias de antemano por vuestras respuestas.
Buenos días, contesto todos los puntos de esta interesante pregunta:
Punto 1, dejar de deducir. Así es, pero no solo porque vayan a declarar el alquiler (y sea más fácil de comprobar por la Agencia Tributaria), sino que desde que deja de ser su vivienda habitual pierde el derecho a deducción.
Punto 2, devolución de cantidades anteriores: No. No tendrá que devolverla ya que como indica en los datos que nos ha proporcionado ha vivido en ella el mínimo de 3 años que indica la normativa.
Punto 3, Sí, podra volver, con independencia de si es traslado o no forzoso. La Dirección General de Tributos y contesto en la resolución vinculante V2107-14 de 01 de Agosto de 2014 confirma la vuelta a la deducción siempre que dquiriera y practicara la deducción por la adquisición de la vivienda habitual antes de 2013.
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