Quería consultarles lo siguiente:
Tenemos en nuestra propiedad una vivienda (con hipoteca)adquirida con anterioridad al 31 de Diciembre de 2012, por la cual, año tras año hemos disfrutado de la deducción por vivienda habitual.
Durante el ejercicio 2020 hemos comprado una 2ª vivienda y cambiado nuestra residencia en el mes de Noviembre (2020). Este hecho ¿puede haber provocado, que perdamos el derecho a deducción por vivienda habitual, al no ser la 1ª, nuestra vivienda habitual a decha 31 de Diciembre de 2020?
1 Respuesta
Efectivamente, este hecho lleva a la pérdida de deducción, ya que la vienda que han adquirido es la que es considerada como habitual y al ser comprada con posterioridad al 31 de diciembre de 2012 no tiene ningún derecho a deducción.
El único beneficio fiscal que se mantiene en estos casos es la reinversión por vivienda habitual, no tributar por los beneficios si ha vendido la primera e invierte estas cantidades total o parcialmente en la vivienda nueva.
Comentarios recientes