Hola buenos dias. Me gustaria saber si puedo desgrabarme la hipoteca. En 2006 me compré un piso y en 2008 (un año y medio despues) lo tuve que alquilar un año por motivos personales. En 2015 lo volví a alquilar 3 años. En 2018 he vuelto a vivir en el piso y mi intencion es seguir viviendo aquí. En estos 13 años, por tanto he alquilado el piso 4 años y el resto he vivido yo y me lo he desgravado.
El otro dia llame a hacienda y me digeron que si habias alquilado la vivienda habitual los 3 primeros años de la adquisicion no se puede desgrabar la vivienda nunca mas. Por otro lado un gestor me dijo que por haber alquilado la vivenda en 2015 tampoco ya tenia derecho a desgravarme mas la hipoteca y esto en concreto me dijeron en hacienda que no es verdad. Total que cada persona me dice una cosa diferente!
Buenos días. La Agencia Tributaria le ha proporcionado la respuesta aunque no muy bien explicada, correcta, para que pueda deducirse tiene que ser considerada vivienda habitual y los requisitos son los siguientes: “Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.” y “Que el contribuyente la habite de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses, contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras”.
Solo podrá considerar la misma si ha dejado esta vivienda habitual por alguna de las excepciones:
– Celebración de matrimonio
– Separación matrimonial
– Traslado laboral
– Obtención de primer empleo o cambio de empleo
– Otras causas análogas justificadas
No entiendo la segunda respuesta de Hacienda ya que como indica su gestor el alquiler lleva a que no sea su vivienda habitual y NO podía haberla deducido. Lo único, la cuantía de los intereses como gasto que reduce los ingresos de interés. Además es una circunstancia de riesgo y fácil comprobación, ya que por un lado ha consignado los datos de la vivienda habitual para la deducción y debería haber hecho lo mismo con los ingresos del alquiler.
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