Buenas tardes,
Soy propietario de una vivienda adquirida en 2006 por la que me he desgravado los gastos de la hipoteca en mis declaraciones de renta anteriores.
El pasado a帽o, por motivos laborales, me traslad茅 de domicilio.
Puedo seguir desgravando la hipoteca en la declaraci贸n de la renta de este a帽o?
1 Respuesta
Buenos d铆as. La normativa tributaria establece que la vivienda habitual debe ser habitada de manera efectiva y con car谩cter permanente por el propio contribuyente, en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisici贸n o terminaci贸n de las obras, pero con unas excepciones entre las que est谩n “cuando el contribuyente disfrute de vivienda habitual por raz贸n de cargo o empleo y la vivienda adquirida no sea objeto de utilizaci贸n, en cuyo caso el plazo antes indicado comenzar谩 a contarse a partir de la fecha del cese”, que es su caso.
En este caso, la Agencia Tributaria determina que la “deducci贸n por adquisici贸n de vivienda se practicar谩 hasta el momento en que se den las circunstancias que necesariamente impidan la ocupaci贸n de la vivienda, salvo cuando el contribuyente disfrute de vivienda habitual por raz贸n de cargo o empleo, en cuyo caso podr谩 seguir practicando deducciones por este concepto mientras se mantenga dicha situaci贸n y la vivienda no sea objeto de utilizaci贸n”.
Es decir, podr谩s hacerlo, siempre que esa vivienda no tenga otro uso, como es ponerla en alquiler. Mientras no sea utilizada, podr谩s continuar con la deducci贸n de la hipoteca.
Comentarios recientes