Hola buenas tardes, tengo un piso donde constamos como propietarios mis 2 hermanos y yo (el piso ya no tiene hipoteca), y me gustaría comprarles su parte. Esto se considera extinción de condominio o se considera una compra-venta normal. Lo pregunto porque a la hora de proveer gastos no es lo mismo pensar en el 1,5% que en el 10% de IVA de traspaso de patrimonio. Muchas gracias.
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Hola Jorge, se podría realizar la extinción de condominio de la vivienda si todos los herederos, en este caso usted y sus hermanos, estuvieran de acuerdo.
Se adjudicaría el 100% de la vivienda a usted. Se deberá otorgar escritura pública de condominio y posteriormente la adjudicación del bien.
En referencia al coste sepa usted que se tributa por Actos Jurídicos Documentados, se aplica entre un 0.5% y un 1% sobre el valor real de los bienes adjudicados. El porcentaje varía según la comunidad autónoma.
Le dejo un artículo escrito por nuestros expertos que le podrá servir de utilidad:
https://futurfinances.com/finanzas-hipotecarias/extincion-de-condominio/
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