Buenos días,
el año pasado mi madre me dono dinero para comprarme mi vivienda habitual en Tenerife, ya pague unos impuestos pero no se si tendria que hacer algo mas en la declaracion de la renta.
Por otra parte querria saber si me puedo deducir estos dos conceptos ,deduccion Autonomicas de Canarias:
a)10.5.14. Por contribuyentes desempleados
En 2020 estuve cobrando ERTE 190 dias, por lo que no trabaje 190 dias. No fueron meses completos sino dias ya que me dieron de alta y luego de baja dos veces.
b) 10.5.11. Por inversión en vivienda habitual
Con el dinero de la donacion y sin pedir hipoteca, compre mi vivienda habitual en Junio 2020. No se que importe tendria que poner en la casilla, si el importe total de la compra incluyendo gastos notariales o cual.
Muchas gracias de antemano por este esfuerzo que realiza.
1 Respuesta
Buenas tardes. Contesto a todas de sus preguntas.
- La donación, como bien indica, ya ha tributado por Impuesto de Donaciones por lo que no tiene que reflejarse en niguna parte del IRPF.
- El ERTE no es homologable a situación de desempleo, es una prestación pero se considera que continúa activo, por lo que no da lugar a ningún tipo de deducción por contribuyente desempleado.
- Deducción de vivienda, puede deducirse como deducción autonómica, un 3,5% si sus ingresos son inferiores a 15.000 euros y de un 2,5% si se encuentran entre 15.000 y 30.000 euros.
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