Buenos días,
Mi expareja y yo tenemos una casa comprada con una participación en escritura pública del 70 a 30 %. Existe una hipoteca de 142000€. Yo me tengo que re hipotecar para pagar su parte. Si le compro su 30% ( yo tengo el 70%), y es con decisión judicial. Tengo que pagar algún impuesto por esta operación.
Yo me quedo con la hipoteca al 100% ( novada) más el pago de su 30%.
Gracias,
3 Respuestas
Buenas tardes,
Comprendo perfectamente la situación que planteas; es un escenario relativamente frecuente en los procesos de separación y requiere una planificación cuidadosa tanto en lo jurídico como en lo financiero. Cuando hablamos de una extinción de condominio derivada de una decisión judicial, estamos ante una operación que, desde el punto de vista fiscal, es más eficiente que una compraventa tradicional. Al disolver el condominio sobre la vivienda, donde tú ya ostentas una cuota de propiedad del 70%, no se produce una transmisión patrimonial en el sentido estricto, sino una adjudicación de un bien que ya era, en gran parte, tuyo. Por norma general, esta operación tributa por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) sobre el valor total del bien, y no por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que es notablemente más gravoso. Es fundamental que toda la documentación esté correctamente preparada para evitar imprevistos con la administración tributaria.
Ahora bien, el segundo pilar de tu consulta es la reestructuración de la deuda hipotecaria. Al pretender quedarte con el 100% de la hipoteca, te encuentras ante lo que técnicamente es una novación hipotecaria, que requiere obligatoriamente que el banco acepte la salida de tu expareja como deudora. Dado que la entidad financiera deberá evaluar de nuevo tu perfil de riesgo para asegurarse de que puedes afrontar la totalidad del préstamo de 142.000 euros en solitario, te recomiendo encarecidamente que cuentes con un asesoramiento profesional que analice si la entidad bancaria mantendrá las condiciones actuales o si, ante la necesidad de reajustar los titulares, exigirán una nueva contratación o una modificación sustancial de las condiciones.
En este proceso, es esencial recordar que, al formalizar estos cambios, la transparencia y el cumplimiento de la ley son tus mejores aliados para proteger tus intereses como prestatario. Como representante de RN, te sugiero que revises detenidamente las opciones de subrogación o novación que permiten adaptar tu financiación a la nueva situación, garantizando siempre que los costes notariales y registrales se ajusten a la normativa vigente, que busca protegerte en todo momento. Entiendo que esta etapa es compleja, pero realizar una correcta planificación desde el principio te permitirá consolidar la propiedad de tu hogar con total seguridad jurídica y sin sobrecostes innecesarios, asegurando que tu proyecto de vida siga adelante bajo las condiciones que tú decidas.
Podemos ayudarte en lo que necesites a través de https://www.tusolucionhipotecaria.com/
Espero ayudar también a otros usuarios que entren en este foro con la misma duda.
Saludos.
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