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Buenos días, no puedes deducirte esa parte, pero no porque ya no exista esa deducción, sino porque esa cantidad nueva no tiene como destino financiar la compra de vivienda, la cuál si tenía la hipoteca original, sino que tienes un objetivo distinto. Por eso, sólo podrás deducirte desde que se efectúe la ampliación, la parte original del préstamo pendiente.
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