Tengo una vivienda habitual que compramos de solteros mi novia y yo, mi novia tenía el 25% y yo el 75% la renta desde que nos casamos la hemos hecho en declaración conjunta salvo en 2018 que la hicimos separada, me dice la Agencia Tributaria que no tengo derecho a desgravar el 75% de la hipoteca que demuestre que yo he pagado el importe correspondiente a ese 75%. Que solo puedo desgravar el 50% a pesar de haber enviado la escritura pública donde pone que yo tenia el 75%.
Es relevante Quien pague la hipoteca, porque se da la circunstancia que por problemas en el año 2018 la pago mi madre, aunque nosotros se la vayamos pagando poco a poco ya que ella era avalista del préstamo y no quería problemas con bancos.
2 Respuestas
Complementando mi respuesta. Lo que determina el derecho a la deducción es la propiedad del bien y es ese porcentaje, no lo que pagues en la hipoteca, el que se debe aplicar. En el caso de que sea coincidente (75% propiedad – 75% hipoteca) es lo que deberás alegar por escrito a la Agencia Tributaria y no deberías tener problema.
En todo caso comprueba como lo has hecho cuando hacías declaración conjunta, ya que puede darse el caso de que hayas imputado 50% a cada uno (el resultado es el mismo) pero conste ese dato en la Agencia Tributaria y ahora al dar el salto a individual es cuando esta discrepancia ha aflorado y tengas que realizar una rectificación de las anteriores para poder deducirte en tu declaración individual por lo que realmente aportas.
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