1 Respuesta
La idea del Proyecto de Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario que se ha presentando en el Congreso de los Diputados en fecha 17 de noviembre de 2017 es que no solo protegiera los consumidores financieros, sino que también se aplique a las demás personas físicas no consideradas consumidores, como los autónomos. En su exposición de motivos (que puede cambiar a lo largo de la tramitación parlamentaria), dice: “La Directiva 2014/17/UE, establece un régimen específico de protección de los consumidores que tengan la condición prestatarios, garantes o titulares de garantías en préstamos o créditos garantizados mediante hipoteca sobre bienes inmuebles de uso residencial o cuya finalidad sea la adquisición de bienes inmuebles de uso residencial.
Aunque la normativa europea limita su ámbito subjetivo de aplicación a los consumidores, entendiéndose por tales las personas físicas que no actúan en el ámbito de su actividad profesional o empresarial, se considera necesario que la legislación nacional vaya más allá de esta previsión y extender su régimen jurídico a todas las personas físicas, con independencia de que sean o no consumidores.”
Es importante que tengas claro que si bien ampara a los autónomos, solo lo hace en cuanto a préstamos hipotecarios sobre bienes inmuebles de uso residencial, no para locales comerciales, por ejemplo. Y tampoco parece que la norma sea aplicable a hipotecas sobre inmuebles residenciales para conseguir liquidez para destinar al negocio por ejemplo. Dice el artículo 1, en su redacción actual que puede cambiar: “Esta Ley tiene por objeto establecer determinadas normas de protección de las personas físicas que sean deudores, fiadores o garantes, de préstamos que estén garantizados mediante hipoteca u otro derecho real de garantía sobre bienes inmuebles de uso residencial o cuya finalidad sea adquirir o conservar derechos de propiedad sobre terrenos o inmuebles construidos o por construir…”
Comentarios recientes