Buenas…
Queremos comprar una vivienda cuyo precio de venta es inferior a su valor catastral y, por lo tanto, al minimo escriturable q marca la administracion.
Precio venta: 160.000
Valor catastral: 162.000
Minimo escriturable: 293.000
Tenemos varias dudas al respecto:
1. Debemos escriturar por el minimo q marca la administración para pagar itp correcto pero, como tendremos problemas en notaria para ello? Como se justifica ese “no pago” al vendedor por la diferencia entre valor de venta y escritura? Puede entrar en conflicto con la ley de blanqueo de capitales?
2. Podemos pedir al banco mas importe si el valor escriturable es tan superior al valor de venta? Para poder hacer frente al pago de impuestos.
Gracias
1 Respuesta
Buenos días. Una compraventa de vivienda tiene que pagar impuestos por el valor por el que se ha hecho la transacción, los 160.000 euros, pero como señalas al estar muy por debajo del valor en tablas de la Comunidad Autónoma, te citarán con casi toda seguridad.
Mi recomendación es que recopiles la información que intente justificar porque de ese precio tan por debajo y en todo caso que sea la administración la que posteriormente establezca si tienes que pagar a más. De todas formas, será el notario quién mejor te asesore sobre la forma a proceder, ya que comprobará esa divergencia y como actuar.
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