Buenas noches.
Mi duda versa sobre la deducción de la hipoteca.
Compré mi casa (vivienda habitual en Galicia) en noviembre de 2017. Concretamente se la compré a un familiar y lo que hice fue subrogarme a su hipoteca; es decir, que yo pasé a ser el titular de esa hipoteca y el que paga mensualmente las letras al banco.
El familiar al que yo le compré la vivienda en 2017, la compró a su vez antes del año 2013 y, puesto que entiendo que la subrogación por mi parte de esa hipoteca no supuso la constitución de una nueva, si no simplemente el cambio de titularidad de la misma, ¿tendría derecho a deducir los gastos en la declaración de la renta?
Además, en los pasados ejercicios (2017, 2018 y 2019) nunca deduje estos gastos por los que ahora pregunto. ¿El no haberlo hecho en los pasados ejercicio me imposibilita para hacerlo en el ejercicio de 2020 en caso de que pudiese?
Espero haberme explicado.
Muchas gracias de antemano.
Buenos días, no puede porque la adquisición que es la que origina el derecho a deducción, no el hecho de tener una hipoteca, es posterior al 31 de diciembre de 2012.
De hecho lo que si se puede es lo contrario, mantener la propiedad de esa vivienda habitual y subrogarse a otra hipoteca, por lo comentado anteriormente, por lo que origina la deducción es el hecho de comprar una vivienda habitual y habitarla se mantiene, aunque cambién las condiciones de la financiación con la que paga esa compra.
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