Hola en abril 2012 compramos la mitad de una casa al propietario por el 43,5% de su parte. Compramos sin hipoteca. Pagando con ahorros y un pr茅stamo personal.
En mayo del 2015 compramos la otra parte a la propietaria (est谩n divorciados) por el 56,5% de su parte. Esta vez si se hizo una hipoteca.
Mi pregunta es si, al haber realizado parte de la compra en 2012, puedo acogerme a la bonificaci贸n por adquisici贸n de la vivienda habitual, habiendo hecho la hipoteca con el banco en mayo 2015.
Gracias y saludos
1 Respuesta
Buenos d铆as, solo tendr铆a derecho por la parte comprada antes del 2012, la cual al pagar sin pr茅stamo ya se habr谩 deducido. Por varias razones no puede tener deducci贸n. En primer lugar, la m谩s importante porque la adquisici贸n se produjo en 2015, despu茅s de que se eliminara la deducci贸n. Ocurre lo mismo, por ejemplo, con un matrimonio que con el divorcio hace una extinci贸n de condominio, ese 50% que adquiere a posteriori no aplica deducci贸n. La segunda porque obliga a deducirse de forma continua, si se dedujo en 2012 y no lo hizo posteriormente salvo por raz贸n de fuerza mayor (que perdi贸 la condici贸n de vivienda habitual por traslado obligatorio del puesto de trabajo) no podr谩 deducirse. La tercera es si ya desde que compr贸 esa parte era su vivienda habitual o lo fue cuando la adquiri贸 en 2015. Pero la principal es que la compra fue posterior al 31/12/2012.
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