Buenos días, efectivamente, como señalas al final por desgracia has perdido la oportunidad ya que para ser vivienda habitual desde antes de que se eliminaran las deducciones (antes del 1 de enero de 2013) hay que cumplir estos requisitos:
- Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años. Y no lo es al haberla tenido alquilada. Salvo que hayas alquilado por alguna de estas circunstancias que obligaron al cambio de domicilio: celebración de matrimonio , separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o cambio de empleo u otras análogas justificadas, que entonces si podrás retomar la residencia habitual y comenzar de nuevo a desgravar.
- Que el contribuyente la habite de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses, contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras.
Si no cumples estos pasos, al haberlo interrumpido por alquilar la vivienda, no podrás retomar la deducción por adquisición.
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