Directiva de la UE para controlar la concesión de hipotecas
Los Estados europeos tendrán 2 años para poder transponer a sus legislaciones nacionales esta nueva directiva, que determina una serie de requisitos mínimos de obligado cumplimiento con el objetivo de reforzar la protección tanto del acreedor como del deudor hipotecario.
Uno de los principales cambios que introduce esta nueva directiva es que se impide que los Estados miembros puedan oponerse a la dación en pago si ambas parte acuerdan esta opción en el contrato de crédito.
Igualmente, también se prevén medidas para proteger a los consumidores, exigiendo que las entidades bancarias sea más tolerantes antes de emprender un procedimiento de desahucio ante clientes que tengan dificultades de pago y lleven a cabo todos los esfuerzos posibles para resolver la situación.
También se han establecido nuevas normas en relación a los productos financieros. De esta forma se prohíbe que para la concesión de una hipoteca haya que adquirir otro producto del banco, con excepciones como en el caso de seguros o producto de ahorro.
De la misma forma se reconoce el derecho a poder reembolsar la hipoteca antes del vencimiento, aunque se deja a la libre consideración de los Estados miembros la posibilidad de imponer el pago al banco de una compensación justa.
Además, la nueva directiva de la Unión Europea pretende crear un mercado hipotecario único que sea más competitivo y eficaz. Para ello, se establece un pasaporte europeo para que los intermediarios de crédito que estén autorizados en cualquier Estado miembro puedan ofrecer sus servicios en toda la Unión.
En definitiva, se trata de regularizar la situación de las hipotecas en Europa garantizando unos derechos mínimos que aseguren la protección de todas las partes implicadas en la hipoteca.
Autor invitado:
Solcredito, portal financiero de búsqueda de préstamos personales.
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