Hipoteca a tipo variable de Banco Santander

En esta entrada vamos a analizar la hipoteca a tipo variable de Banco Santander que la entidad ofrece en estos momentos. Para empezar, el plazo máximo para su hipoteca a tipo variable para vivienda habitual es de 30 años, siempre que el titular o el menor de los titulares no supere los 80 años a fecha de finalización de la hipoteca. En cuanto al porcentaje, lo máximo que ofrece el Santander es el 80% del valor de tasación. Si lo que buscamos es una hipoteca para una 2ª residencia, el plazo máximo es de 25 años y el importe máximo es el 70% del valor de tasación.

Ya adelantamos que la hipoteca a tipo variable del Santander se trata de una hipoteca para perfiles bastante solventes, cosa que desgranaremos más adelante y que además, sólo ofrece unas condiciones aceptables si accedemos al máximo de bonificación posible, que en este caso es de un 1% a partir del 2º año de vida de la hipoteca. ¿Y cómo se accede a esta bonificación máximo? Pues cumpliendo una serie de requisitos, conocidos como vinculaciones.

¿Qué son las vinculaciones en una hipoteca?

Las vinculaciones son una serie de requisitos, productos y servicios que el banco nos ofrece para que cumplamos o contratemos a cambio de una rebaja en el tipo de interés de nuestra hipoteca. Algunas de estas vinculaciones no nos cuestan dinero, otras sí.

Muy importante: no debemos olvidar que las vinculaciones deben cumplirse a rajatabla durante la vida de la hipoteca. En caso de no ser así, cuando nos toque la próxima revisión, que normalmente suele ser a 6 meses o a un año, se quitaría el porcentaje de bonificación que hemos dejado de cumplir, subiendo entonces la cuota mensual de nuestra hipoteca. En el caso de la hipoteca a tipo variable de Banco Santander, las revisiones de sus hipotecas se realizan cada 12 meses a contar desde el día de la fecha de contratación.

Veamos, a modo de ejemplo práctico, las gama de vinculaciones que exige la hipoteca variable de Banco Santander para acceder al tope máximo del 1% de bonificación sobre el tipo de interés de la hipoteca.

  1. Domiciliar una nómina de un importe mínimo, a mayor importe de la nómina domiciliada (por cada titular), mayor porcentaje de bonificación:
    1. – Nómina de importe mayor a 600 €: 0,15%
    2. – Nómina de importe mayor a 1.200 €: 0,25%
    3. – Nómina de importe mayor a 2.400 €: 0,40%
  2. Domiciliar al menos 3 recibos distintos en la cuenta corriente del Santander. Esta vinculación bonifica un 0,10%.
  3. Usar 6 veces cada mes la tarjeta de débito o crédito de la entidad: bonificación de un 0,10%.
  4. Contratar con Banco Santander seguros:
    1. – Seguro de Vida Riesgo o Salud: bonificación del 0,15% por cada póliza contratada si la prima anual es igual o superior a 300 €.
    2. – Seguro de Hogar o Accidentes o Incapacidad Laboral Temporal: bonificación del 0,10% por cada póliza contratada si la prima anual es igual o superior a 199 €.
    3. – Resto de Seguros: bonificación del 0,01% si la prima anual es igual o superior a 50 €.
    4. – Plan de Previsión Asegurado (PPA) con saldo mayor o igual a 50.000 € en los últimos 12 meses: bonificación del 0,05%.
  5. Contratar productos de inversión:
    1. – Planes de Pensiones/EPSV de la Entidad Gestora Santander Pensiones, S.A EGGP; comercializados y promovidos por el Banco: bonificación de 0,05% saldo superior a 5.000 € e inferior a 50.000 €, o una bonificación del 0,10% saldo igual o superior a 50.000 €.
    2. – Fondos de Inversión o Carteras gestionadas de la Entidad Gestora Santander Asset Management, S.A., S.G.I.I.C comercializados por el Banco6: bonificación de 0,05% si el valor liquidativo del Fondo o de la Cartera gestionada es superior a 5.000 € e inferior a 30.000 €, o una bonificación del 0,10 % si el valor liquidativo del Fondo o de la Cartera gestionada, o de cada uno de los Fondos de Inversión o carteras gestionadas si tiene/n contratados varios, es igual o superior a 30.000 €.
  6. Certificado de Eficiencia Energética con categoría A o A+: bonificación de 0,10%.

La hipoteca variable de Banco Santander bajo lupa

El tipo de interés de esta hipoteca variable del Santander, si no cumplimos ninguna bonificación, no es de los más competitivos (2,29% anual), existiendo en la actualidad otras hipotecas más económicas o con menos vinculaciones.

En el caso de que nos interesen las vinculaciones que nos ofrece, o al menos hasta cubrir ese 1% máximo de bonificación, podemos alcanzar un tipo nominal de Euribor + 1,09% para el segundo año, eso sí, para una financiación a 25 años y hasta únicamente el 60% del valor de tasación, operación que no suele ser la más común dado el bajo porcentaje de financiación, pero que es la que anuncian en su página web.

Si hacemos una simulación de una hipoteca de 150.000 a 30 años y con un porcentaje de financiación del 80% sobre el valor de tasación, el tipo de interés se nos pone en el antedicho Euríbor + 2,29% sin bonificar, o Euribor + 1,29 a partir del 2º año alcanzando el 1% máximo de bonificación.

En resumidas cuentas, parece bastante obvio que la política hipotecaria del Santander está en la actualidad focalizada en captar clientes solventes, con bastantes ahorros y por ende, menor necesidad de financiación y que además, estén interesados en contratar cuantos más productos, mejor, de la amplia panoplia que el Santander ofrece.

Si tenemos un perfil económico menos estable o no nos interesa atarnos a unas condiciones que no sabemos si podremos cumplir durante toda la vida de la hipoteca, es aconsejable buscar en otras entidades y comparar detenidamente todas las condiciones antes de firmar nada (ver, por ejemplo, las condiciones a las que pueden acceder los funcionarios). En el caso de que tengamos dudas a la hora de entender el alcance del contrato hipotecario, acude a un experto hipotecario independiente y sin vinculación con la entidad bancaria para que nos asesore en profundidad, no olvidemos que lo que firmemos lo arrastraremos durante muchos años, así que bien merece la pena asegurarse de firmar lo mejor para nosotros.

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