¿Qué es la subrogación de una hipoteca?
El concepto de “subrogar” una hipoteca significa cambiar alguna de las partes del contrato hipotecario.
Si nos atenemos a una definición más correcta, subrogar es el acto de modificar las condiciones de un contrato para sustituir a una persona (física o jurídica) por otra en el ejercicio de un derecho o el cumplimiento de una obligación existente en dicho contrato. Normalmente la gente entiende por esto que la constructora tiene una hipoteca con el banco y te “traspasa” la hipoteca al comprar la vivienda.
Pero también es posible tener una hipoteca firmada y subrogarla a otro banco que te de unas mejores condiciones.
La subrogación permite ahorrarnos unos importantes costes, como son Actos Jurídicos Documentales, Notaría, Registro y Gestión. Y aunque puede que otra entidad bancaria nos ofrezca unas condiciones más ventajosas es posible que los gastos nos decidan a quedarnos con la hipoteca que tenía la constructora.
Ahora bien, también hay que estudiar la posibilidad de que, una vez realizada la subrogación de la hipoteca de la constructora, sea conveniente realizar una nueva subrogación y cambiar de entidad hipotecaria. Esto normalmente implica pagar unos gastos de subrogación de un 1% sobre la cantidad que queda por pagar, pero puede que salga mejor que contratar una hipoteca nueva desde el principio. Es decir, puede que salgan unos gastos más bajos subrogando la hipoteca de la constructora y luego subrogando la hipoteca a otra entidad bancaria que renunciando a la hipoteca de la constructora y contratando directamente una hipoteca nueva en la entidad que hayamos elegido.
Hay que hacer números, pero es posible que sea más rentable la subrogación. Es muy importante, claro está, que las condiciones que nos ofrece la entidad para subrogar sean competitivas respecto a otras entidades.
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (octubre 1997) y en Administración y Dirección de Empresas (julio 1999) por la UIB. Master Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (enero 2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet): La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo La educación financiera desde el sector privado (Libro La prevención del sobreendeudamiento privado, Aranzadi, 2017); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); capítulo Un análisis práctico de la toma de decisiones de un consumidor medio (Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech, Wolters Kluwer, 2021); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y restos del sistema financiero, Aranzadi, 2022); Los puntos de conexión entre el reglamento sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero y el reglamento sobre los mercados de criptoactivos, y la regulación del mercado de valores (Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión, Aferre, 2024).
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