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Esta semana nos deja una ola de calor impresionante y varias colaboraciones en @actibva:

Imaginemos que día 1 de cada año nos levantamos, vamos a trabajar y destinamos todos nuestros ingresos a pagar impuestos. ¿Hasta qué día del año deberíamos hacerlo mismo para saldar completamente nuestra obligación con el fisco? A este glorioso día se lo ha bautizado cómo el Día del Contribuyente o de la Liberación Fiscal.

Invito a los lectores a introducir sus datos en la Calculadora Fiscal y averiguar si a estas alturas del año ya han terminado de trabajar para Hacienda.

¿Cuántos meses al año trabajamos para Hacienda?

El ambiente influye en nuestras decisiones, alterando la física y química de nuestro cuerpo y mente. No somos inmunes al calor que trae el verano, que nos modifica pautas de conducta, a veces de forma consciente y otras no. ¿Afecta el calor a nuestras decisiones financieras?

Verano, calor y finanzas

Al igual que Goldman Sachs predijo que España tenía muchas posibilidades de llegar a las semi finales, al igual que nuestro simpático amigo el pulpo Paul, me permito hacer mi propia cábala: el diferencial del bono español respecto al alemán se reducirá sustancialmente en la próxima colocación del Tesoro. Si acierto, solo por esto llegar a la final habrá supuesto un importante ahorro en intereses que pagamos por la deuda para todos los españoles.

¿Es el mundial un reflejo de la economía de cada país?

La semana que dejamos atrás deja en Actibva dos participaciones de este servidor, la subida del IVA y sus efectos sobre el coste de la vivienda y la entrada en vigor de la ventanilla única recogida en la Ley Paraguas y la Ley Omnibus:

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Una definición de dinero podría ser:

Dinero es cualquier cosa que los miembros de una comunidad estén dispuestos a aceptar como pago de bienes y para saldar deudas y obligaciones.

¿Sabemos qué es el dinero?

Lo que debe quedar claro es que el dinero no tiene ningún valor intrínseco. Mire un billete de 500 euros (si existen), acarícielo y compruebe si es auténtico. Le parezca valioso o no, tenga claro que no tiene ningún valor si un día los europeos nos levantamos y dejamos de aceptarlos como forma de intercambiar bienes y servicios y de saldar deudas. Paradójicamente, lo más materialista que uno puede imaginar, el dinero, en realidad es una convención mental de las personas.

Esta semana y la pasada hemos hablado en Actibva de la exención fiscal por reinversión del importe de la venta de una vivienda habitual en otra vivienda habitual. El tratamiento del 2009, 2010 y a partir de 2011, si no hay modificaciones, es idéntico.

No pasa lo mismo con la deducción por adquisición de vivienda habitual, que desaparece para las rentas medio-altas a partir del año 2011.

Sería un error, desde mi punto de vista, haber tocado la exención, como escribo en el blog de Actibva:

Eliminar la deducción por adquisición de vivienda habitual es una medida dura, pero hacerlo con la exención por reinversión en una nueva vivienda habitual sería dramático. No poder deducirse las cuotas de la hipoteca como gasto deducible en el IRPF por adquisición de vivienda habitual puede suponer unos 1.800 euros anuales más que pagar al fisco, 54.000 euros en treinta años de hipoteca. Lo que ocurre es que es dejar de deducirse, no pagarlo. En cambio tener que tributar por la ganancia patrimonial de la venta de una vivienda habitual supondría pagar, en el caso de vender una vivienda que comprada por 100.000 euros más gastos en el año 2006 y vendida en el 2009 por 200.000 euros, casi 15.000 euros.

No se ha alterado, al menos de momento, la tributación de la reinversión en vivienda habitual a partir de 2011. Opino que se ha hecho bien en mantenerla, ya que tiene un claro sentido social. La vivienda habitual no es una mera inversión inmobiliaria, es un bien básico para las familias y su cambio no tiene una razón clara para ser gravado.

La semana que llega a su fin nos ha permitido colaborar en varias entradas para el blog de Actibva.

Hemos intentado explicar lo que cubre y lo que cuesta un seguro de protección de pagos, tan de moda actualmente; los bancos lo encasquetan a sus clientes, les guste o no, si quieren conseguir la hipoteca o el préstamo personal; solamente los funcionarios se libran del ojo avizor del director de turno:

Seguros de Protección de Pagos: Asegurando el riesgo de impagos

Por otra parte publicamos una breve reseña sobre la obligación de tributar en el IRPF de 2009 por las ayudas del Plan 2000 E, concretamente de los 1000 euros aportados por las Administraciones:

Las subvenciones en el IRPF: Consecuencias para las ayudas a la compra de coches.

La semana que se termina ha sido muy fértil en contenidos para Actibva.

Hemos escrito la segunda parte de nuestra visión de las vías que tiene un particular para solicitar un préstamo y poder salir del registro de impagos (Rai o Asnef). Es posible solicitar un préstamo hipotecario para reunificar deudas con Rai o Asnef, pero jamás un banco va a conceder un préstamo personal para ello.

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La semana que dejamos atrás ha sido muy activa en cuanto a producción de posts en el blog de Actibva;

Se ha hablado de el peligro que tiene enviar correos electrónicos comerciales no solicitados (el famoso Spam), sancionado con multas muy altas:

El correo electrónico no solicitado es una actividad de alto riesgo

Los pros y contras de los comparadores de hipotecas en la Red:

Comparar hipotecas en internet: útil si sabemos interpretar los resultados

La regulación de la publicidad ilícita:

Publicidad engañosa: cuando no es oro todo lo que reluce

Y finalmente, lo que es el Fogain.

Futur Finances es una web de brokers hipotecarios e hipotecas.

Estos derechos reales pertenecen al grupo de los derechos reales de adquisición.

A su vez se dividen en:

  • Derecho de tanteo: atribuye la posibilidad de adquirir un bien con preferencia a otros sujetos interesados, en el caso de que el titular del bien decida trasmitirlo. Y en las mismas condiciones que los demás.
  • Derecho de retracto: Es el derecho a subrogarse, con las mismas condiciones estipuladas en el contrato, en lugar del que adquiere una cosa por compra o dación en pago.
  • Derecho de opción: Concede a su titular poder adquirir una cosa, pagando su precio o realizando el cumplimiento de alguna prestación pactada con el concedente, dentro del plazo estipulado.

En esta segunda entrada publicada por nosotros en el blog Actibva hablamos de la Ley 2/2009 sobre intermediarios financieros y empresas dedicadas a la financiación con capital privado.

Destacamos la confusión que induce esta ley al regular dos tipos de agentes tan distintos del proceso hipotecario.

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Esta mañana no “quepo en mi” de felicidad; primero Bankimia me invita a publicar en su blog y a responder a las preguntas de sus visitantes y ahora es Actibva el que me invita a participar en su bitácora.

Muchas emociones en poco tiempo; espero estar mínimamente a la altura de estos dos grandes del mundo e-financiero.

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