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Veamos algunas pistas a las personas que se han quedado en el paro y afrontan el peso que supone una hipoteca.

El paro es una lacra que golpea a las familias de forma inesperada e inmisericorde. Si a esta desgracia económica le unimos tener que hacer frente al gasto mensual que supone la cuota de nuestro préstamo hipotecario con unos ingresos notablemente menguados, la ecuación tiene difícil solución.

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Esta mañana vuelvo a salir en onaMallorca, invitado para charlar sobre la Conferencia Nacional del Trabajo Autónomo que se celebra en mi ciudad.

Este evento ha sido organizado por la APTA y patrocinado por UPTA juntamente con el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Gobierno de las Islas Baleares.

En la reciente presentación del Informe econòmic i social de les Illes Balears 2009 confeccionado por el CRE el doctor Antonio Riera Font nos deleitó con una amena y fructífera ponencia basada en “pensar en pequeño”, cuya tesis principal es que la economía española en general y la de nuestras Illes Balears en particular basa su potencia en las pequeñas y micro empresas, verdaderos motores de creación de empleo.

El 94,8% de las empresas en mi CC.AA. son pequeñas y micro empresas con pocos o ningún trabajador por cuenta ajena. Dan trabajo al 89,3% de los trabajadores de las Illes, siendo su contribución al VAB (producción balear) del 79,5%.

Por tanto, cualquier reforma laboral, fiscal o de cualquier otro aspecto económico que no tenga en cuenta las particularidades y necesidades de las pequeñas empresas está abocada al fracaso.

Una buena regulación del trabajador autónomo, que es trabajador (por mucho que lo obvien los sindicatos) y autónomo (con lo bueno y lo malo que eso conlleva), es vital para la salud de la economía española.

El pilar fundamental de esta regulación es el Estatuto del Trabajo Autónomo, aprobado por la Ley 20/2007.

Vale la pena detenerse en la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente, que se define como:

“…aquéllos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75 % de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales.”

El cliente deberá firmar con el autónomo dependiente un contrato específico que debe registrarse en las oficinas de empleo. Tendrá derecho a tomarse 18 días de vacaciones (no remuneradas, por lo que no es que sea un gran derecho).

Si la resolución del contrato es por voluntad del cliente sin causa, el trabajador tendrá derecho a una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, y en caso de que se resuelva el contrato por voluntad del trabajador, sin fundarse en una causa, el cliente podrá ser indemnizado cuando la extinción le produzca un perjuicio importante o paralice o perturbe su actividad.

Por otra parte el “desempleo del autónomo” o sistema de protección por cese de actividad (involuntario) del trabajador autónomo se recoge en la Ley 32/2010 (PDF).

Para tener derecho a cobrar este paro el autónomo debe acudir a su gestoría para que en su pago mensual de la Seguridad Social cotice al mismo tiempo por accidentes laborales y enfermedades profesionales (pagará unos 20 euros más). En función de los meses cotizados cobrará más o menos tiempo de paro, necesitando cotizar 43 meses para tener derecho al máximo de paro, que son 12 meses (con un mínimo de 583 euros y un máximo de 1.384 euros mensuales, en base al 70% de lo cotizado).

No quiero terminar sin resaltar la enorme importancia del colectivo autónomo en la creación de empleo y riqueza para nuestro país; probablemente una modernización de la normativa que les afecta es la clave para salir de la crisis con un sistema productivo más fuerte y equilibrado.

Esta entrada es más de opinión personal que de economía pura y dura, si bien el que opina es economista, y no ultra-liberal ni chorradas por el estilo. No estoy en contra de la actividad sindical, de hecho mi familia ha tenido vinculación personal y profesional con CC.OO.

Pero lo que tenemos hoy en día dista mucho de ser un sindicato. Al menos un sindicato moderno que entienda y luche por una realidad en la que a todos nos ha tocado vivir. Los sindicatos mayoritarios no viven de las cuotas de sus afiliados. El Estado además se encarga de cubrir gran parte de sus gastos. Eso no es malo por si mismo, pero lo que está claro es que compromete su independencia.

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Esta mañana me levanto con la interesante crítica-reflexión de Marc Vidal sobre la más que dudosa capacidad de estimular el empleo de las medidas tomadas para reformar el marco jurídico laboral. Y es que la reforma no creará empleo, lo cual no quiere decir que no sea necesaria. Pero a corto plazo de crear empleo, poco o nada, que quede claro.

Si os interesa escucharme hablando del tema de las pensiones y la reforma laboral os dejo 15 minutos de divagaciones en Ona Mallorca, del día 14 de septiembre (en catalán):

Veamos ahora qué ha modificado la reforma:

1.- Indemnización por despido improcedente de 33 días por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades) para los contratos nuevos llamados de fomento de la contratación indefinida, que se podrá utilizar para los siguientes colectivos:

Parados:
De entre 16 y 30 años de edad.
Mujeres en múltiples situaciones
Mayores de 45 años
Discapacitados
Parados de más de 1 mes.
Desempleados que, durante los dos años anteriores a la celebración del contrato, hubieran estado contratados exclusivamente mediante contratos de carácter temporal, incluidos los contratos formativos.
Desempleados a quienes, durante los dos años anteriores a la celebración del contrato, se les hubiera extinguido un contrato de carácter indefinido en una empresa diferente.

Empleados:
Los temporales o los contratados por obra o servicio, según fechas, a los que se transforme en indefinidos.

2.- Límite temporal a la contratación por obra o servicio a 3 años, ampliable 12 meses más por convenio colectivo. Trascurrido este tiempo, el trabajador pasa a ser indefinido (siempre que el trabajador hayan realizado idéntica actividad y en el mismo puesto de trabajo).

3.- Se busca evitar el encadenamiento de contratos temporales, regulando que si en un periodo de 30 meses el trabajador temporal ha sido contratado un mínimo de 24 meses (por la propia empresa o por ETT), pasa a ser indefinido.

4.- Indemnización de 12 días por finalización de contrato por obra o servicio, y también 12 días para la indemnización por finalización de contrato temporal,  que se instaura de manera gradual (hasta el 2015 que será de 12 días).

5.- Se mantiene la regulación del contrato indefinido ordinario.

6.- El FOGASA aportará 8 días en las indemnizaciones por despido por las causas del artículo 51 (EREs) y 52 (por causas objetivas) del Estatuto de los Trabajadores (no a los despidos disciplinarios). Se deja pendiente de regulación la creación del denominado “modelo austríaco“, modelo de capitalización individual que se mantendrá durante toda la vida laboral del trabajador (qué se podrá utilizar en caso de despido, para completar la formación del trabajador bajo determinadas condiciones o se cobrará en el momento de la jubilación).

7.- Se da una nueva redacción a las causas del despido colectivo por razones técnicas, organizativas o de producción:

Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas; o la disminución persistente de su nivel de ingresos, que puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen de empleo. A estos efectos, la empresa tendrá que acreditar los resultados alegados y justificar que de los mismos se deduce la razonabilidad de la decisión extintiva para preservar o favorecer su posición competitiva en el mercado.

8.- Se regula las ETT puedan actuar como entidades colaboradoras de los servicios públicos de empleo.

La reforma no creará empleo a corto plazo, en realidad puede destruirlo. A medio y largo plazo esperemos que ayude a las empresas a crear empleo estable.

La medida estrella a mi modo de ver, la introducción de un sistema similar al austriaco, se deja para una regulación futura, lamentablemente.

Ya hemos visto alguno de los problemas endémicos de nuestro marco laboral. Veamos ahora algunas reformas que proponen los expertos y las reformas tomadas por nuestros políticos.

Si bien quiero poner especial énfasis en que la crisis se ha iniciado en el ámbito financiero y ninguna culpa debe ser achacada a los trabajadores (lo máximo, sobreendeudarse por encima de sus posibilidades), esta evidencia no debería haberse utilizado por los agentes sociales como argumento para no reformar una legislación laboral que no crea empleo suficiente en época de bonanza y lo destruye demasiado rápido en épocas de crisis.

El problema es que si bien acepto que la reforma rebaja derechos de los trabajadores, se debería puntualizar que se rebajan derechos de los trabajadores indefinidos con antigüedad en el empleo (los que se vienen a llamar insiders). Lo que ocurre, y en eso parece que los sindicatos no tenían nada que decir, es que los parados, los trabajadores temporales y determinados sectores laborales mal situados o outsiders (jóvenes y mayores, principalmente) tienen derechos. Y el principal es el derecho a poder trabajar y ganarse la vida.

En pocas palabras: Los trabajadores deben tener un marco legal que ampare sus derechos, pero el primer derecho a proteger es el de poder obtener un trabajo digno.

Interesante para entender el comportamiento de sindicatos y gobierno al respecto de la regulación laboral es el artículo de Juan J. Dolado, Floretino Felguero y Marcel Jansen en Papeles de Economía núm. 124, que concluye que la dinámica de representatividad sindical, en base al número de delegados sindicales, hace que su supervivencia dependa de los insiders, colectivo al que defienden (a pesar de que los estamos financiando entre todos).

En cambio para el gobierno dejar sin atender a los outsiders cada vez más numerosos puede significar una debacle electoral inasumible. ¿No se siente uno un mero peón en el tablero de ajedrez al que juegan los poderosos? (e incluyo en este grupo a los sindicatos, también).

Veamos dónde falla el marco jurídico laboral y qué medidas podrían tomarse:

1.- Precariedad en el empleo, con una tasa de empleo temporal muy alta.

Si bien se han ido estableciendo mecanismos dirigidos a forzar la conversión de temporales en indefinidos y eliminar los incentivos para las empresas, la realidad es que no se ha conseguido restringir el papel de los contratos temporales en la economía. Varias son las razones que podrían explicar este fracaso:

 

  • Jurídicamente no se ha delimitado de forma cerrada los supuestos en que se puede y no se puede utilizar contratos temporales, en especial en los de obra y servicio, cuyas causas están formuladas de forma general y abstracta en lugar de utilizar numerus clausus (lista cerrada). Además la interpretación de los tribunales que es admisible como causa para utilizar el contrato por obra o servicio de la subcontrata respecto a la atención a una contrata o concesión tiene un peso importante en este tipo de contratación. Finalmente, el instrumento que tiene el trabajador para combatir el uso indebido de contratos temporales, con una indemnización por despido, pierde su carácter disuasorio y no es muy útil para el trabajador, que debe correr con los gastos procesales de reclamarla.
  • En el mercado laboral se usan contratos temporales en lugar de contratos a tiempo parcial. Seguramente el problema no es de regulación, más bien de el acceso de las Pymes a un asesoramiento de calidad al respecto de las posibilidades en materia de contratos a tiempo parcial.
  • Hay factores de cultura empresarial, acostumbrada a la flexibilidad que les da la contratación temporal. Y hay que entender que las empresas maximizan beneficios y minimizan costes. O se les incrementan los costes efectivos de contratar temporales o se les rebajan los costes asociados al contrato indefinido.

2.- Costes asociados al despido:

Para que una empresa contrate un trabajador indefinido tiene que serle más rentable que contratar un temporal. La rentabilidad se consigue aumentando los costes que le supone a la empresa el temporal o disminuyendo los costes del contrato indefinido, cuyo paradigma es el coste del despido.

Despedir tiene un coste monetario y un coste asociado a la incertidumbre en cuanto a sus causas. Se trata de incidir en este coste con medidas en los dos sentidos. Curiosamente la reforma laboral se centra en las necesidades de las grandes empresas, que pueden permitirse tener plantillas numerosas y pagar las indemnizaciones que quieran. Si quién realmente crea empleo en España es la Pyme y la microPyme, sería lógico que la reforma se adaptara a sus necesidades.

3.- Negociación colectiva y falta de flexibilidad interna:

Los convenios colectivos no están resultando un instrumento que combine adecuadamente los derechos del trabajador y la creación de empleo. La burocratización de la negociación y la ausencia de reperesentación de las Pymes y microPumes en ella puede ser una de las claves.

Mañana veremos lo que la reforma ha modificado y si trata de solventar los problemas mencionados. Podemos avanzar que uno de los principales problemas de la normativa laboral, su falta de adaptación a los diferentes tipos de empresas y concretamente a las pequeñas, que son las que emplean a la gran mayoría de trabajadores, no se ha visto modificada por la reforma.

Día 9 pasado el Parlamento ha dado vía libre a la reforma laboral introduciendo 70 enmiendas al inicial Real Decreto.

Podremos pensar que la reforma es demasiado dura para los derechos de los trabajadores o se queda a medias, lo que no se puede entender es oponerse a reformar un marco laboral que no funciona adecuadamente.

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La verdad es que opinar sobre un tema tan delicado como una nueva regulación de las relaciones laborales no es fácil y crea enemigos. Cosa que no me importa si lo que digo es sincero.

A mi parecer es necesario reformar la configuración jurídica del mercado laboral y su aplicación real. No voy a ser muy técnico en mi opinión ya que no hace falta serlo para exponer mi postura, que se basa en:

  • Equilibrar la fuerza de los trabajadores y empresarios.
  • Reevaluar determinados instrumentos de negociación colectiva caducos.
  • Propiciar la flexibilidad laboral de los trabajadores para que cambiar de empleo no les suponga perder derechos.
  • Reducir al máximo la posibilidad de contratos temporales.
  • Disminuir la brecha entre un mercado laboral entre los indefinidos de edad media y los jóvenes y gente mayor abocada al paro.
  • Evaluar la representatividad de sindicatos y organizaciones empresariales en el dialogo social.
  • Potenciar un marco jurídico laboral beneficioso para autónomos emprendedores y Pymes

Este esquema, sin duda, implica recortar determinados derechos de los trabajadores (y de los sindicatos) y mejorar los cuasi-nulos derechos de los autónomos, que son en realidad autoempleados ninguneados por sindicatos y patronal. De lo que se trata es de crear empleo estable, de calidad, en sectores de valor añadido. Y hay que hacer sacrificios para reactivar la economía y el empleo. Y no me olvido de bancos, Cajas de Ahorro y empresarios mediocres. A mi me revienta que haya primas de ejecutivos limitadas por un mercado arrogante; hay que endurecer la fiscalidad de los asalariados de lujo y mejorar la actuación inspectora a las empresas que defraudan.

El dialogo social entre sindicatos y empresarios ha sido una pantomima. Los sindicatos no quieren que se quiten derechos a los trabajadores (que haya menos desempleo o no se ve que no importa y no tiene nada que ver con la regulación del mercado laboral) y los empresarios envían a negociar a un señor fracasado. Poco les importaba llegara  un acuerdo. Y era imposible si no iban a moverse; para eso, mejor no perder tiempo en reuniones.

No os dejéis engañar, digan lo que digan, se recortan derechos de los trabajadores; lo que hay que preguntarse es si con estos derechos podíamos seguir. Yo creo que no.

En cuanto al borrador, que os enlazamos abajo, comentar brevemente alguna de las medidas:

1.- Limitan a 2 años los contratos por obra o servicio. Me parece muy  buena ideas. Son un coladero de empleo inestable.

2.- Se convertirá en indefinido aquel que haya estado contratado más de 24 meses de los 30, con contratos temporales o por ETT. Correcto, yo lo reduciría más incluso.

3.- Se establece una indemnización por fin de contrato por obra o servicio de 12 días (con plazos para su aplicación). Es una medida en la buena dirección, reducir este tipo de contratación.

4.- Las empresas que presenten pérdidas durante seis meses consecutivos podrán realizar despidos individuales o colectivos de manera procedente, con 20 días de indemnización para todo tipo de contratos. Es discutible el concepto de que presenten pérdidas durante 6 meses, tendremos que ver de que magnitud. De todas formas es adecuado crear un marco en el que las empresas que realmente van mal puedan despedir de forma menos gravosa. La alternativa suele ser el Concurso de Acreedores (y en este caso se va todo el mundo a la calle).

5.- Indemnizaciones por despido de los contratos temporales: se amplía, con plazos, hasta los 12 días por años trabajado.

6.- Los despidos procedentes o justificados tendrán una indemnización de 20 días por año trabajado para todo tipo de contratos. Reduce y simplifica el coste del despido. Pero no altera los contratos indefinidos ya vigentes; esta medida no ayuda a igualar las diferencias existentes entre unos y otros empleados, más bien las agrava en perjuicio de los nuevos.

7.- El Gobierno creará un fondo de capitalización, que permitirá pagar parte de las indemnizaciones del despido por cada trabajador. El fondo se nutrirá con aportaciones empresariales, seguirá al empleado en su vida laboral y se hará efectivo en el despido. La parte que no se emplee, se abonará en la jubilación. Tal vez la medida estrella desde el punto de vista económico. Era triste e ineficaz ver como los trabajadores indefinidos con muchos años de antigüedad, válidos y con inquietudes laborales de mejora, no se marchaban a otros empleos para no perder derechos (la indemnización por despido acumulad); puede ser una verdadera revolución para flexibilizar el empleo en España, si se aprueba y se aplica bien.

Me parece un borrador de reforma laboral que va en una buena dirección (mejorable, veremos lo que pasa en el trámite parlamentario); no se trata de que despedir sea muy caro. Se trata de tener un mercado laboral que cree empleo bien pagado, estable por ambas partes y competitivo. A los sindicatos se les ha olvidado una cosa:

Por muy alta que sea la indemnización por despido, si no hay trabajo, de nada les beneficia a los trabajadores.

Es una perogrullada, pero no parece que lo hayan entendido.

Más Información | Borrador de la Reforma Laboral

El derecho a huelga es un derecho fundamental de los trabajadores. Y hay que respetarlas y defenderlas como tal.

Son una arma de presión de los trabajadores hacia los empresarios y/o el Gobierno para defender sus intereses. Y hay que entenderlas como tal.

Pueden ser huelgas de empresas individuales, de sectores económicos enteros (en este caso, del personal de las administraciones públicas) e incluso una huelga general.

Los sindicatos mayoritarios que han convocado la huelga de funcionarios se han olvidado de una cosa básica: cuestan dinero a los huelguistas, que ven penalizada su asistencia a la huelga con un día menos de sueldo. Es muy fácil convocar huelgas sin pagarlas, que es lo que hacen los sindicatos. En sus inicios los sindicalistas eras auténticos luchadores de la clase trabajadora oprimida. Pero ¿han visitado alguna vez alguna sede central de un sindicato mayoritario actual? Parecen administraciones públicas y sus empleados parecen funcionarios.

Tanto es así que los trabajadores, los autónomos y los desempleados cada vez más nos sentimos desamparados. ¿Quién nos representa? Me temo que muchos responderán que nadie, y desde luego no los sindicatos burocratizados.

La huelga de funcionarios es totalmente legitima y razonable, lo que pasa es que los propios huelguistas saben que no servirá de mucho. Cuando las decisiones están forzadas desde la UE, las huelgas o son comunitarias o no son. En un mundo globalizado, el poder de los sindicatos nacionales se va difuminando.

Y encima los sindicatos se han cubrido de gloria en un pasado reciente. Era mucho antes que deberían haber convocado una huelga, pero para exigir reformas de calado que aseguren una salida favorable a la crisis para los trabajadores que trabajan y los que han sido arrojados al paro. Y los sindicatos mayoritarios decían: “no es el momento de una huelga general”, en base a que la crisis no se arreglaba así. ¿Qué ha cambiado?

Y no hablemos de la “originalidad” de la huelga que se convocó contra los ERE encubiertos. Repito lo dicho en su día: es mucho más productivo acudir a otros tipo de manifestaciones de apoyo a colectivos varios que a este tipo de algarabías.

No me hace falta saber quién dice la verdad en cuanto al poco éxito de la huelga de funcionarios: No era ni el momento, ni se sabía contra quien presionar ni nada. Era una especie de prueba de fuerza de los sindicatos. Y para eso deberían pagar el día a los funcionarios, que gratis no hacen nada.

Suficientemente alarmante tener 4.612.700 personas en edad de trabajar que no lo pueden hacer, según los cálculos de la Encuesta de Población Activa.

En porcentaje general en España estamos en un escalofriante 20,05 % de paro.

Y detrás de este porcentaje hay millones de tragedias familiares. La EPA calcula que hay unos 1.298.500 hogares en que ninguno de sus miembros trabaja. ¿Se puede imaginar uno peor escenario hogareño en vísperas del Primero de Mayo?

Uno imaginaría que los sindicatos, valedores de la clase obrera (suena a broma con organizaciones sindicales aburguesadas), mañana se lanzarán a la calle a exigir una política económica que cree empleo. Eso es lo normal, diría yo.

La mía no es, ni mucho menos, la única voz de un economista contra la pasividad de los sindicatos; es una más. Y yo he vivido desde dentro el mundo sindical, nadie me puede tachar de empresario malvado.

Considero que toda sociedad moderna que busque un mínimo de equilibrio social debe tener organizaciones sindicales fuertes, profesionales e independientes. ¿Tenemos este tipo de organizaciones en España?

  1. ¿Qué fuerza tiene los sindicatos? Cada vez menos afiliados, con menos ideología, con una imperceptible representación del colectivo de jóvenes, parados, inmigrantes, autónomos, etc, etc. Cada vez se parecen más a un brazo del Estado en defensa de los funcionarios. Si los líderes sindicales de antaño levantaran la cabeza…
  2. El cuerpo de técnicos en los sindicatos, dado el amiguismo imperante, es muy deficitario. Sin buenos economistas, ¿cómo esperan dar buenas recetas para la economía?
  3. Independencia, de la realidad, tal vez. Por que desde luego de los poderes públicos no. Viven de subvenciones, no de las cuotas de sus afiliados. ¿Se puede ser independiente así?

La última manifestación que recuerdo que montaron era contra los ERE encubiertos. Es decir, toma ya, contra que las empresas aprovecharan la crisis para despedir trabajadores. Seamos coherentes, si hay EREs encubiertos, vayan a la Conselleria de Treball y lo denuncian, qué la calle está para cosas más serias.

Y encima tenemos un Gobierno a lo Krispin Klander, cuyas medidas anticrisis van y vienen en aparente caos del que nadie puede discernir su partitura.

Y las organizaciones empresariales, ¿representan a los verdaderos empresarios que día a día se rompen los cuernos para crear empleo y riqueza o, al menos, mantenerla? No me convencen a mi demasiado, la verdad. Si éstos son los máximos representantes de los gestores de empresas, mejor cerrar el chiringuito.

Más Información | Nota de prensa EPA 1T 2010
Imagen | RinzeWind

Cada vez son más cutres los de la Conselleria d’Economia del Govern Balear, la minicuartilla ya no está ni plastificada, este mes.

Reitero que para utilizar este soporte es mejor que remitan un e-mail y santas pascuas.

Las previsiones de de-crecimiento del PIB para el 2009 son:

UE-27: -4.0 €%
Regne Unit: -4,3 %
Alemanya: -5,1 %

España: -3,7 %
Illes  Balears: -2,9 % (variación del VAB)

Supuestamente vamos menos mal que el resto… o se equivocan desde el Govern o los demás deben estar para “vendre ses cases i anar de lloguer”.

El paro registrado en las Illes Balears en el mes se septiembre es de 72.166 personas, un aumento respecto al mismo mes de 2008 de nada más y nada menos que el 54% (es decir, hay un 54% más de personas en el paro en septiembre de este año que en septiembre del año pasado).

La inflación en nuestra CC.AA. se sitúa en el mes de septiembre en -0,7% (-0,8% en España).

Estamos entrando en el círculo vicioso de descrecimiento de la economía-deflación-paro.

Esperemos y trabajemos  todos para salir de este maldito círculo.