Obviamente, no nos referimos a lo más leído en toda la Red, que para eso tenemos al todopoderoso Google. En esta ocasión os indicamos los 10 artículos de la web oficial de Futur Finances más leídos en el año 2013 que hemos dejado atrás:

En primer lugar, copa el interés de los visitantes de la web un artículo sobre la desgravación del préstamo hipotecario solicitado para financiar una vivienda habitual, en los años 2013 y 2014. Una deducción que se debería haber eliminado antes del inicio de la burbuja inmobiliaria o, al menos, equipararla con la del alquiler y limitarla en base a la renta.

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El notario Luís Bustillo, con el que he tenido el placer de coincidir en algún programa discutiendo sobre la problemática de las hipotecas, explica de forma muy clara las diferentes formas de constituir un negocio. La Sociedad Limitada suele ser la mejor opción, si bien hay que asesorarse correctamente con notarios y expertos en estos aspectos.

Os dejo un vídeo didáctico y útil:

Más que pedir, negociar. Al banco no se le pide nada, ya que el dinero que nos puede conceder hay que devolverlo, más las comisiones e intereses correspondientes. Tan importante es saber qué pedir como conocer nuestra capacidad de devolver lo pedido. Sea una tarjeta de crédito, un préstamo personal o uno con garantía real, el banco puede ir a juicio y exigirnos la devolución de la deuda, costas e intereses de demora, contra todo nuestro patrimonio, presente y futuro.

Los profesionales de El Confidencial me han pedido mi opinión sobre un tema relacionado con determinadas “ofertas” que hacen los bancos para que cambiemos el referencial de nuestra hipoteca. El artículo publicado, con varias fuentes expertas, se titula ‘Quédate con el Euribor de tu hipoteca si el banco te ofrece cambiarlo por el IRPH‘.
Os dejo una serie de información muy útiles sobre el tema:

El banco me ofrece cambiar de referencial

En caso de que la entidad te ofrezca un cambio de tipo de interés debes informarte debidamente del tipo de interés alternativo, siempre y cuando no estés de acuerdo con el que tengas vigente. Para ello, es bueno visitar el portal del propio Banco de España o buscar asesoramiento independiente en la materia, como podría ser mediante el portal iAhorro.com, donde podrás recibir un asesoramiento gratuito con la mayor independencia por expertos en la materia o a través de los expertos jurídicos y económicos de Futur Finances.
Debes partir de la idea base de que el banco no te va a ofrecer un tipo de interés que te beneficie, sino al contrario, por lo que debes estudiar la operación minuciosamente en caso de que te interese.
Hay que tener en cuenta actualmente dos aspectos:
  1. La baja cotización del Euribor en el mercado, cosa que debe beneficiarte en tu cuota mensual de cada mes (a no ser que tengas alguna cláusula suelo en tu hipoteca que te lo impida).
  2. La desaparición legal y automática que ha sufrido el IRPH Cajas y el tipo CECA a través de la Disposición adicional decimoquinta de la Ley de Emprendedores 14/2013, de 27 de septiembre de Apoyo a los Emprendedores y a su internacionalización, de forma que a partir del 1 de noviembre han dejado de actualizarse y publicarse y han desaparecido oficial y completamente.
Los índices de tipo de interés que quedaran vigentes en España serán:
  1. Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España (IRPH).
  2. Tipo medio de los préstamos hipotecarios entre uno y cinco años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en la zona euro.
  3. 3Tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de plazo entre dos y seis años.
  4. Euribor a un año.
  5. Permuta de tipo de interés o Interest Rate Swap a cinco años.
  6. El Mibor sigue vigente para las hipotecas contratadas antes de enero de 2000.
También es aconsejable que en el momento de la suscripción del préstamo hipotecario, contemples no solo la cuota a asumir al principio, sino la importancia del diferencial que te vayan a aplicar durante toda la vigencia del mismo.

No es lo mismo tener IRPH que Euribor

Euribor y IRPH son tipos de interés diferentes. El tipo de interés más común es el Euribor, sin embargo, el 11% aproximadamente de hipotecas en España iban referenciadas al IRPH. Ambos han sido durante su vigencia tipos de interés completamente legales y reconocidos por el Banco de España.
Como norma general el IRPH ha tenido un valor superior al Euribor, y la gran diferencia entre ambos tipos de interés ha girado en torno a que los movimientos que ha realizado el IRPH han sido más pausados y constantes, sus oscilaciones han sido más naturales en el mercado.
Las entidades bancarias se han mostrado más predispuestas a utilizar el Euribor como índice de referencia, ya que las fluctuaciones que registra durante la duración del préstamo son menores.
Asimismo, y a diferencia del Euribor, al IRPH no se le suele aplicar ningún tipo de diferencial o margen, y en el caso de que si se le aplique este suele ser muy bajo.
Actualmente y tras el cambio normativo anteriormente señalado, el IRPH Cajas y el tipo CECA han desaparecido legalmente, por lo que ya no serán aplicable.

¿Es una práctica habitual de la banca?

Ha sido una práctica habitual entre aquellos clientes que tenían en su escritura hipotecaria referenciada al Euribor y que tenían como sustitutivo el índice IRPH. No al contrario, debido a la baja cotización del Euribor de los últimos años. Con el cambio normativo, se limitara esta practica (algo abusiva a mi modo de ver) enormemente.
Si necesitas mas información al respecto, no dudes en dejarte aconsejar por expertos en la materia.

¿Es necesaria siempre la autorización del cliente?

Obviamente, en estos casos en que el tipo de interés es legal y esta vigente, publicado regularmente en el BOE y en el Banco de España, como es el Euribor, la Entidad no puede unilateralmente aplicarte otro tipo de interés según sus intereses y en su propio beneficio. En caso de que así lo hiciera, seria una actuación completamente ilegal.
Sin embargo, todos aquellos titulares de prestamos hipotecarios referenciados al antiguo IRPH cajas o CECA han visto como automáticamente y sin posibilidad legal de reclamación se les ha empezado a aplicar el IRPH del conjunto de Entidades, según la previsión legal recogida en la mencionada ley, la cual ha señalado en los puntos 3 y 4 de la Disposición que la sustitución de los tipos implicará la novación automática del contrato, sin suponer una alteración o pérdida del rango de la hipoteca inscrita y que las partes carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo previsto en la ley.
Aprender a contratar productos de ahorro e inversión es muy importante si queremos evitar contratar deuda subordinada pensando que era un depósito a plazo fijo.

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Estamos acabando 2013 y entrando en un año 2014 que parece ser que nos deparará alguna pena menos, si bien no hay expectativas de creación de empleo demasiado halagüeñas, aún. El paso de año no parece que nos vaya a traer demasiadas novedades en materia hipotecaria.
En el último tramo del 2013 han mejorado levemente las condiciones de las hipotecas más competitivas, con entradas destacables como la de Triodos Bank o la hipoteca con dación en pago de Bankinter, por ejemplo. La oferta hipotecaria para el inicio de 2014 no parece que vaya a cambiar, al menos hasta que pasen algunos meses.

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Primero dejar claro que los mercados financieros determinan las políticas de los países soberanos por muchas razones, algunas naturales a la dinámica de un mercado libre y otras a intereses inconfesables de determinados centros de poder. Evidentemente, esta segunda razón, esta mano negra, queda fuera de la opinión pública, en muchas ocasiones.
Que nuestros acreedores influyan de forma transparente en las decisiones de nuestros políticos, nos puede gustar o no, pero no se aleja del saber popular “quién paga, manda”. Para evitar que los prestamistas de países soberanos manden, hay que ser autosuficiente en materia financiera. Es decir, ingresas igual o más recursos que los que gastamos.

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La figura del broker hipotecario o intermediario de financiación con garantía real ha sido considerada, por muchas asociaciones de consumidores, como poco más que aprovechados o piratas que, a cambio de honorarios injustificables, cavaban un poco más hondo el pozo de los crédulos hipotecados.
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Alcides Ramos, gran programador, mejor amigo e inmejorable persona, ha concedido una entrevista sobre la seguridad de la moneda digital privada Bitcoin a iAhorro.com.
Recientemente un procesador de pagos con Bitcoins ha sufrido un ataque cibernético que se ha apoderado de un botín de más de 1.200 Bitcoins (cerca de un millón de dólares). Este ataque no compromete el protocolo Bitcoin, sino la seguridad de los monederos online (podemos tener monederos físicos, más seguros, en un USB, por ejemplo). No son pocos los que sospechan que estemos ante el fin del Bitcoin.

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La moneda digital Bitcoin es una realidad matemática y digital, es decir, una convención social sustentada por tecnologías de la información.
¿No entiendes esta definición algo etérea? No inviertas en Bitcoins. Hay que estudiar primero el activo con mucho detenimiento, antes de invertir, especular o simplemente gasta recursos.
El dinero tradicional, los euros de tu cartera, son convenciones sociales, además controladas por un Banco Central que no genera dinero respaldado por nada, solo por la convicción de todos los ciudadanos que eso es un medio de pago que intercambia bienes y servicios.
Dinero de curso legal, euros o dólares, no tienen valor más allá de la fuerza del país que los emite. Bitcoin  tendrá valor si las personas que lo usan se lo dan; más poder que cualquier divisa, si fuera utilizado y aceptado por la suficiente masa crítica de personas.Los amigos de RT han recabado mi opinión sobre el uso de la moneda privada en países como Argentina. Algunas de las declaraciones que han recogido son:

En general, los economistas opinan que bitcóin puede ayudar a los ciudadanos de América Latina a protegerse de la hiperinflación en sus países, pero advierte que EE.UU. busca controlar las transacciones con esta moneda virtual.

“Le interesa a EE.UU. poder controlar si no la moneda, porque no la puede controlar, al menos las transacciones. Y para poder controlar mejor de alguna manera las transacciones que se hacen con bitcóin es útil darle una cierta legalidad. El de Latinoamérica es el caso típico de Estados que no controlan la oferta monetaria, no controlan su divisa de forma adecuada y generan muchísima inflación”, dijo a RT el economista Pau Monserrat Valentí. 

“Los ciudadanos de estos Estados si pueden operar con bitcoines se pueden proteger de esa hiperinflación que generan los Estados latinoamericanos, y por tanto en este tipo de países es muy probable que el bitcóin acabe imponiéndose”, agregó.
Los Bitcoin, de momento, no los controla ningún Estado. Lo intentarán y, tal vez, lograrán. Pero mientras se pueda crear una moneda digital y ser aceptada por personas, habrá alternativas a la ansia de control de los poderosos.