He descubierto que en la renta 2015, en el borrador de Hacienda se incluyó una pequeña partida de intereses de mi hipoteca, que eran deducibles (vivienda habitual comprada con hipoteca antes del 2013), pero que no se trasladaron automaticamente a la renta a presentar, con lo cual no me los deduje.
¿se pueden deducir en años posteriores?
Gracias y saludos
Buenos días, por supuesto, no sólo puedes incluirlo en todas las declaraciones presentes y futuras, como gastos que son derivados de la financiación de tu vivienda habitual, también puedes incluso añadirlos en las 4 anteriores declaraciones si también se produjo ese gasto.
Eso sí, si lo haces, no es realizando una declaración complementaria, ya que esta sólo se realiza si el importe es a pagar o supone una menor deducción; es decir, a favor de Hacienda, sino cuando es a devolver deberás solicitar una devolución de ingresos indebidos para que te abonen estas cantidades.
Si no deseas hacerlo, no hay ningún problema en incluirlo actualmente, repito, siempre que estos intereses vengan derivados de la financiación de la compra de la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.
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