Buenas tardes, hicimos una extinción de condominio de un solar entre hermanos, en principio para pagar menos impuestos porque realmente no nos va a pagar nada el que se lo queda, pero ahora vemos que al tener que tributar en IRPF sale más caro el remedio que la enfermedad, pódriamos acudir a hacienda y comunicar que condonamos la deuda y la convertimos en donación pagando la diferencia de impuestos que corresponda?? no haría falta acudir a notaria ni registro ya que la titularidad total ya la tiene, no?
gracias
1 Respuesta
Buenos días. Tendrá que tributar tal y como figuró en la extinción de condominio, con las contraprestaciones que en esta se acordaron, si hubo en ese momento una condonación de la deuda estará reflejada en la extinción de condominio y podrá minorar la plusvalía, pero si no lo está, no pude hacer una donación sobre algo que ya está repartido, no se puede dar marcha atrás.
Comentarios recientes