Hola. Estoy divorciado desde el año 2010 (se hizo en convenio regulador) en 2011 se firmo en el juzgado el divorcio. En el convenio pone que paso a ser el Pleno propietario de la vivienda asi como del parking, todo por mutuo acuerdo yo me quedo con la vivienda y la hipoteca y ella con el coche. Ahora he visto que puedo hacer una extincion de condominio (no sabia que esto existia) los pasos a seguir son: rellenar el modelo 600 (¿no debo pagar nada por estar preescrito?) Y luego ir al registro con el divorcio y convenio, modelo 600 liquidado para ya poder inscribir el piso únicamente a mi nombre. ¿Esto es asi? ¿el modelo 600 prescribe a los 4 o 5 años? ¿Algun otro paso mas? Muchas gracias espero su respuesta. Un saludo amable.
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Apreciado Sergio,
Está en lo correcto; en su caso procedió a efectuar la extinción de condominio en el momento que firmó el convenio regulador, puesto que uno de los puntos que acordaron fue la liquidación del régimen económico matrimonial procediendo a extinguir la copropiedad tanto de la vivienda como del parking.
Lo único que le quedó pendiente fue la inscripción de la propiedad y del parking a su nombre, pero como indica lo puede realizar ahora. Lo que debe hacer es lo siguiente:
- Liquidar el modelo 600 con los testimonios de la sentencia que homologan el convenio regulador, que le informo que está exento de tributación al tratarse de vivienda familiar y extinguir el condominio mediante documento judicial.
- Liquidar la plusvalÃa municipal, que también está exento.
- Depositar dicho testimonio en el Registro de la Propiedad. Al Registro debe acudir también con un certificado literal de matrimonio donde conste en anotación marginal el divorcio.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
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