Hola.le he solicitado a mi ex hacer una extincion de condominio del piso que tenemos en comun.no tiene hipoteca.no nos ponemos de acuerdo en la cantidad que le tengo que dar ya que me pide mucho mas de lo que vale.tampoco acepta una tasacion oficial.si me meto en un procedimiento judicial para solicitar la.propiedad para mi?tendria posibilad de que el juez me.adjudicara a mi la vivienda pagando lo que estipule o se lo podria dar a el.contando que yo vivo en ese piso,es mi vivienda habitual y la de mi hija de 25 años.que vive conmigo.el lleva sin vivir desde hace 12 años.gracias
Apreciada Ana Isabel,
Si usted y su ex marido no llegan a un acuerdo, cualquiera de los copropietarios puede solicitar al Juzgado, a través de demanda firmada por abogado y procurador, la división de la cosa común. En el artículo siguiente que enlazo sobre la extinción de condominio sin acuerdo lo explico en profundidad.
Es un procedimiento en el que hay que valorar económicamente el bien objeto de división; quien interponga la demanda puede o bien acompañarla de una tasación o bien solicitar que se tase por perito judicial y en la mayoría de los casos es la tasación efectuado por el perito judicial el valor que se va a tener en cuenta para llevar a cabo la división.
Este tipo de procedimientos, que se tramitan a través del juicio ordinario, acaban con una sentencia que declara la divisibilidad del bien inmueble, y será posteriormente, en la fase de ejecución, donde si ninguna de las partes se pone de acuerdo para comprar a la otra su mitad, se llevará el bien a subasta con la posibilidad de que entren terceros a pujar por dicha vivienda.
Es importante no perder de vista que el Juez en su sentencia no decide quién de los dos copropietarios se adjudica la vivienda por sus circunstancias personales, sino que es en la fase de ejecución de sentencia donde los copropietarios pueden comprar al otro su mitad de conformidad con el precio del bien inmueble que se haya establecido. Criterios como el que usted nos apunta, por ejemplo, que se trata de su vivienda habitual, afectará en el porcentaje por el cual sale a subasta la vivienda (por ejemplo, si el Letrado de la Administración de Justicia valora que es su vivienda habitual puede sacarla a subasta por el 70 % del precio de tasación).
Reciba un cordial saludo,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
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