En estos momentos qué gastos tiene firmar una hipoteca y cuáles he de pagar yo y cuáles el banco?
gracias
1 Respuesta
Lo primero, Bea, ten en cuenta que además de los gastos relacionados con el préstamo hipotecario y la hipoteca, has de tener en cuenta los gastos de la compraventa.
En cuanto a los gastos, resumo como quedan tras la Ley 5/2019:
- Tasación: los pagas tu. Puedes elegir la tasadora, siempre que esté validada por el Banco de España.
- Gestoría, empresa externa que se encarga de tramitar las escrituras de préstamo y de compraventa, impuestos, incluso es usual que firmen ante notario por poderes del banco. El banco asume los gastos relacionados con la hipoteca.
- Notaría: firma ante notario de las escrituras. El banco prestamista asumirá los gastos de los aranceles notariales de la escritura de préstamo hipotecario y los de las copias los asumirá quien los solicite.
- Gastos de registro de la propiedad: los gastos de registrar la hipoteca (derecho real sobre la vivienda) los asume el banco.
- Impuestos: tras el Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados los paga el banco.
Hay otros gastos, como la comisión de apertura que cobra el banco por conceder el préstamo que han sido fruto de demandas. El artículo 14 de la Ley 5/2019 parece validar esta comisión al establecer, entre otras cuestiones, que “Si se pactase una comisión de apertura, la misma se devengará una sola vez y englobará la totalidad de los gastos de estudio, tramitación o concesión del préstamo u otros similares inherentes a la actividad del prestamista ocasionada por la concesión del préstamo. En el caso de préstamos denominados en divisas, la comisión de apertura incluirá, asimismo, cualquier comisión por cambio de moneda correspondiente al desembolso inicial del préstamo.”
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