Buenas, he recibido un requerimiento de comprobación limitada por la desgravación de mi vivienda habitual.
Mi duda es si lo he estado haciendo bien, para la base imponible que me puedo deducir yo sumo:
Base imponible a deducir = Capital e intereses de la hipoteca anuales + seguro de vida + seguro de hogar + gastos de compraventa que se realizaron en su momento por la compraventa en el 1999.
Y al resultado le aplico el 15% (7,5% para la cuota estatal y 7,5% para la autonómica).
¿Lo he hecho bien o he cometido algún error?
Muchas gracias!
1 Respuesta
La normativa tributaria señala que podras deducirte “importe satisfecho por el contribuyente en el ejercicio para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual”, no se trata de repercutir todos los gastos de adquisición y aplicar un porcentaje sobre ellos, sino de incluir los que hayas satisfecho en cada año fisca y sobre esa cantidad (con un máximo de 9.040 euros) aplicar el 15% de deducción. Si los gastos de compraventa están dentro de la hipoteca, podrás deducirlos con los pagos que hagas anualmente, pero no repercutirlos proporcionalmente en cada ejercicio.
Con respecto a los seguros no hay ningún problema siempre que estos sean obligatorios y así figuren dentro de su escritura.
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