Los autónomos en España
Los autónomos en España ven como tras el principio de acuerdo del Ministerio de Trabajo con las dos principales asociaciones de trabajadores por cuenta propia (ATA y UPTA) su situación mejorará, o al menos no empeorará, en 2019. Según información de las asociaciones recogidas en diferentes medios de comunicación, el principio de acuerdo supone una victoria de los trabajadores por cuenta propia en España, si se tiene en cuenta que el Ministerio de Trabajo inicialmente pretendía subir entre 40 y 50 euros al mes las cotizaciones de este colectivo.
Autónomos en España en 2018 y 2019
Veamos primero los puntos que se tratan en el preacuerdo comentado de la situación de los autónomos en España a día de hoy y con los posibles cambios en 2019:
Base mínima de cotización de los autónomos: 932,70 €/mes a día de hoy. 9 de cada 10 autónomos se acogen a esta base mínima, que supone pensiones míseras cuando se jubilen, lo que puede tener múltiples causas: falta de disposición a sacrificar ingresos presentes por mejores jubilaciones futuras, dificultad para hacer frente a este gasto o desconfianza en el futuro de las pensiones, entre otras. Según la información que se tiene en estos momentos, para 2019 la base mínima de cotización subiría un 1,25%.
Tipo aplicable: actualmente del 29,80% (con incapacidad temporal). Para 2019 UPTA lo sitúa en un 30%.
Pago mensual mínimo de un autónomo: Aplicando el 29,80% a la base mínima resulta que un autónomo en España en 2018 paga un mínimo de 278 euros.
Contingencias Comunes: si el autónomo no puede trabajar por enfermedad o accidente no laboral (Incapacidad Temporal por contingencias comunes o “baja del autónomo”). Los 3 primeros días el autónomo no recibe prestación alguna (lo que unido a lo escaso de la prestación y a que el autónomo debe seguir cotizando, explica porque los autónomos en rara ocasión enferman). De 4º día al 20º la prestación es del 60% de la base de cotización (unos 560 € al mes, además de seguir pagando el recibo de autónomo de cada mes) y del 75% en adelante. Hay que cotizar sí o sí por esta contingencia. En 2019 se aplicaría el 0,6% de la base por contingencias comunes.
Contingencias Profesionales: bajas por accidente laboral o enfermedad laboral. No hay obligación para los autónomos de cotizar por estas contingencias en 2018 (salvo excepciones, como los Trade). Tiene un sobrecoste, dependiendo del CNAE, de entre el 1% y el 6,7% de la base de cotización (12,41 € como mínimo). Según el preacuerdo, estarían incluidas en 2019.
Cese de actividad o “paro del autónomo”: La prestación es de carácter voluntario y, para su cobro, es necesario cotizar durante al menos 12 meses aplicando un tipo adicional del 2,2% sobre la base imponible. Cerca del 80% de las solicitudes para liquidar el paro del autónomo han sido desestimadas debido a la dificultad para acreditar debidamente el cese de actividad del negocio, cuyas bases se ha desarrollado en el Real Decreto 1541/2011 de 31 de Octubre. En 2019 se aplicaría un 1% por este concepto, que debería mejorarse para que realmente un autónomo pudiera acogerse a este tipo de paro.
Pensiones de los autónomos en España
Si el autónomo ha cotizado por la base mínima, el futuro de su pensión a día de hoy es muy pobre. La media de las pensiones mensuales de los autónomos en 2017 fue de 709,42 €.
Hay que haber cotizado al menos 15 años. La edad de jubilación en 2018 son los 65 años y 6 meses.
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