Declaración de Renta 2018: ¿cómo pagar lo justo?

Un matrimonio con hijos menores de edad, con rentas del trabajo o autónomos y un piso alquilado o hipotecado, en estos momentos estará mirando qué opciones tiene para reducir la factura fiscal en su Declaración de Renta de 2018. Veremos en este artículo las principales opciones para pagar lo justo en el IRPF que presentamos este 2019.

En la Declaración de Renta de 2018 que estamos presentando todos en estos días no hay novedades muy relevantes respecto a años anteriores. Sin embargo, hay varios puntos a tener en cuenta si queremos tributar por lo que nos corresponde sin pagar de más al fisco.

Obligación de declarar en el IRPF 2018

Tanto si presentan la declaración individual o conjunta, es obligatorio presentar la Declaración de Renta 2018 según sean los rendimientos del trabajo:

  • Superiores a 22.000 euros si provienen de un solo pagador.
  • Superiores a 12.643 euros si provienen de varios pagadores.

¿Qué se paga?

Según ingresos se aplica las siguientes tablas:

Gravamen de la base liquidable general estatal:

Declaración de Renta 2018

Gravamen autonómico en Illes Balears:

Declaración renta 2018 Illes Balears

En el tramo más alto de rentas, a partir de 175.000 euros, en las Illes Balears se paga un 22,50% + 25% = 47,50%.

Y el gravamen del ahorro:

Gravamen estatal del ahorro

Se suman el gravamen estatal del ahorro y el autonómico, duplicando por tanto los porcentajes anteriores (19%, 21% y 23%).

¿Individual o conjunta?

En el ejemplo de familia que analizamos, forman una unidad familiar los cónyuges y los hijos menores de 18 años. Pueden optar por tributar de forma conjunta o bien de forma individual.

Es una decisión que cada familia tomará una vez haya rellenado los datos fiscales en la Renta WEB de Hacienda, ya que nos da el resultado de presentar la declaración individual y conjunta, pudiendo optar por la que menor coste fiscal tenga.

La tributación conjunta tiene una deducción de la base imponible que funciona igual que la deducción de los planes de pensiones: 3.400 euros por unidad familiar. También permite compensar pérdidas por inversiones de forma conjunta.

Como explican muy bien en Finect, si los dos miembros de la pareja trabajan y ganan más que el mínimo de 5.500 euros, el ahorro fiscal se produce si se hace la declaración individual, no conjunta. Lo mismo pasa si se tiene derecho a la deducción de la hipoteca, que sale más a cuenta desgravarla en las declaraciones individuales, ya que la base máxima de 9.040 euros a la que se aplica la deducción del 15% de computa individualmente si la declaración se hace separadamente.

Alquiler o hipoteca

Si hemos adquirido una vivienda antes del 2013 y la hemos financiado mediante un préstamo hipotecario, podemos desgravarnos hasta 1.356 euros por contribuyente en 2018.

Si estamos de alquiler y el contrato es anterior al 1 de enero de 2015, nos podemos desgravar el 10,05% estatal más el porcentaje autonómico si se aplica, siempre que nuestra base imponible sea inferior a los 24.107,20 euros. La base máxima de la deducción es de 9.040 euros o menos, según sea nuestra base imponible.

Exenciones

  1. No tributan las prestaciones por maternidad y paternidad.
  2. Las becas hasta un determinado importe están exentas de tributación. Así por ejemplo las becas por estudios universitarios de segundo ciclo están exentas de 15.000 a 18.000 euros si incluyen gastos de alojamiento y desplazamiento.
  3. Premios de loterías y apuestas hasta 10.000 euros.

Autónomos

En el IRPF de 2018 los autónomos pueden desgravarse los gastos de manutención en base a los siguientes criterios:

  1. Gasto relacionado con la actividad.
  2. En establecimientos de restauración y hostelería.
  3. Pago por medio electrónico, no se acepta que sea en efectivo.
  4. Es deducible como máximo un importe de 26,67 euros diarios si el autónomo no pernocta en un municipio distinto al de su actividad y 53,34 de ser distinto.

Si el autónomo trabaja en su casa, puede desgravarse los gastos de suministros en proporción a la superficie utilizada y aplicando un porcentaje del 30%.

También es deducible el seguro de salud, con un límite de 500 euros al año.

Deducción por maternidad

Deducción por hijos menores de 3 años de hasta 1.200 euros anuales por hijo, para madres trabajadoras o autónomas. Se puede incrementar hasta en 1.000 euros más por los  gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Por aportaciones a planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones reducen la base imponible en un máximo de 8.000 euros por contribuyente con carácter general.

Deducciones autonómicas

Veamos algunas deducciones autonómicas de la cuota íntegra en la declaración de renta de 2018 en las Illes Balears:

Inversiones en la mejora de la sostenibilidad de la vivienda habitual del contribuyente o de un arrendatario. Base máxima de la deducción: 10.000 euros, a los que se aplicará un 50%. Para bases imponibles que no superen los 30.000 euros en tributación individual.

Compra de libros de texto editados para segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y los ciclos formativos de formación profesional específica. Límite de deducción de entre 100 a 50 euros según sea la renta, con un máximo de base imponible de 12.500 euros para tener derecho a esta deducción.

Por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros de los hijos que cursen estudios de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y los ciclos formativos de formación profesional específica. La deducción es un 15% de los gastos con un límite de deducción máxima de 100 euros por hijo. Base imponible no superior a 12.500 euros. Cuesta imaginar que haya muchas familias con estos ingresos que se puedan permitir gastos de extraescolares importantes.

Por donaciones a determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o la innovación: deducción del 25% de las donaciones dinerarias que se realicen en el periodo impositivo, con el límite del 15% de la cuota íntegra autonómica.

Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración empresarial: 15% con un límite de 600 euros. También igual para donaciones relacionadas con el mecenazgo deportivo. En ambos casos para rentas que no superen los 12.500 euros. No, no es broma.

Por determinadas subvenciones y ayudas otorgadas por razón de una declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación: 30% de deducción con un máximo de 6.000 euros. Tiene tantos condicionantes que no es fácil encajar en esta deducción.

Por donaciones a determinadas entidades que tengan por objeto el fomento de la lengua catalana: deducción del 15% con el límite del 10% de la cuota íntegra autonómica.

Para declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial o con descendientes con esta condición: de 80 a 150 euros, para contribuyentes de ingresos no superiores a 12.500 euros.

Deducción por arrendamiento de vivienda habitual de menores de 36 años, discapacitados y familias numerosas. Deducción del 15% con un límite de 400 euros. Limitado a bases imponibles generales y del ahorro que no superen los 20.000 euros. También hay deducción por alquiler de vivienda por traslado temporal.

Por arrendamiento de bienes inmuebles en el territorio de las Illes Balears destinados a vivienda (deducción del arrendador): 75% de los gastos satisfechos por el contribuyente durante el ejercicio en concepto de primas de seguros de crédito que cubran total o parcialmente el impago de las rentas a las que el contribuyente tenga derecho por razón del arrendamiento de uno o varios bienes inmuebles, situados en las Illes Balears, a un tercero destinado a vivienda. Deducción máxima de 400 euros.

Para cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual: deducción máxima de 1.500 a 1.600 euros según renta. Base imponible no superior a 30.000 euros.

Hemos analizado algunos de los puntos clave para minorar la factura fiscal de la Declaración de Renta 2018 que esperamos os sean de utilidad.

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