El ahorrador ante la quiebra de un banco
El vicepresidente de la Comisión Europea, el socialista Almunia, se ha permitido señalar con el dedo a los bancos nacionalizados y decir que alguno podría ser liquidado si no presenta un plan de negocios solvente y no representa un riesgo sistémico.
En esta crisis cada vez vamos batiendo récords de errores garrafales y políticos alejando del concepto de estadista. Señalar a un banco es la forma perfecta de hacerlo cerrar, sea solvente o no, ya que el miedo provoca la fuga de sus depósitos. Espero y deseo que el señor Almunia y los genios de la Comisión no lo consigan.
En la otra parte tenemos al Gobierno de España, con unos representantes que no llaman a las cosas por su nombre y lo que un día niegan al otro lo hacen.
Y después atacamos a los malvados mercados. ¿Vosotros dejaríais dinero barato a una zona económica tan mal gestionada?
Dado que la Comisión Europea es la que ha lanzado gasolina al fuego del miedo del ahorrador, a mi sólo me queda intentar explicar lo que le ocurre al ahorro cuando se quema. Sin embargo, espero que los 100.000 millones se utilicen de forma inteligente y el fuego se apague al menor coste posible. La esperanza es lo último que se pierde.
¿ Pierdo mi dinero si mi banco es liquidado?
Como explicamos de forma más extensa en el artículo ¿Qué pasa si quiebra mi banco?, depende del tipo de producto de ahorro que tengamos.
La peculiaridad de un concurso de acreedores bancarios es que los ahorradores con cuentas corrientes o depósitos a plazo fijo tienen garantizados 100.000 euros por cliente y banco. Por tanto, a estos clientes el Fondo de Garantía de Depósitos les garantiza este importe, si en la liquidación no hay activos suficientes para pagarles.
Los partícipes de fondos de inversión o de fondos de pensiones, nada tienen que temer. Sus activos quedan fuera de la masa concursal, es decir, no corren peligro aunque quiebre el banco. Simplemente se traspasarían los fondos a una gestora y bancos sanos.
Los clientes que tienen garantías reales, al estilo cédulas hipotecarias, serían los próximos en cobrar. Su expectativa de cobro es razonablemente buena.
Los clientes que tienen obligaciones o bonos con preferencia de cobro serían los próximos, después los bonistas normales, por delante de la deuda subordinada que vendría después de todos los acreedores normales. En este segmento de ahorro sí que hay dudas claras de que se recupere la inversión completa.
Los ahorradores que tienen pagarés pertenecerían al grupo de acreedores normales. Dependiendo de los activos liquidados, recuperarían el total o parte de su capital.
En muy mala posición estarían los tenedores de participaciones preferentes, producto complejo que fue vendido de forma más que sospechosa en la red de oficinas. Estos clientes son los penúltimos en cobrar, sólo por delante de los accionistas. El término “preferente” ha sido utilizado de forma engañosa. Su preferencia no era tal, sólo tienen preferencia respecto al último de la fila. Triste preferencia, ¿verdad? Es muy probable que este colectivo perdiera su dinero. En el caso de que denuncien ante los juzgados la comercialización engañosa o fraudulenta, esta controversia se dirimiría en los juzgados que lleven el concurso. No está muy claro que pasaría, pero mi intuición es que por mucho que ganaran las denuncias, no habría dinero en el banco quebrado para pagarles. Intentar que el Estado respondiera como responsable subsidiario sería su única vía, difícil y de dudosos resultados.
Los que perderían toda su inversión serían los accionistas de la entidad quebrada, propietarios del banco, en definitiva.
En cuanto a los que tenemos una hipoteca en un banco quebrado, o un crédito o préstamo, dar la mala noticia de que no se extingue la deuda. Es un activo que se vendería a otro banco o al propio Estado, que pasaría a ser el acreedor al que ir pagando las cuotas mensuales.
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