La entrega de la casa no cancela la deuda
No creo que la propuesta que formuló CIU al Congreso de los Diputados se la creyesen ni ellos, con todos mis respetos a la formación. En el sistema jurídico español el préstamo hipotecario es una deuda personal de su titular y la vivienda una garantía real para el banco.
Si me preguntan si es justo que una familia pierda su casa por no poder pagar la hipoteca, les diré que no. El sistema financiero español, a mi humilde entender, adolece de mecanismos de regulación para evitar situaciones dramáticas que tienen solución.
Pero la solución no es cargarse la seguridad jurídica de una institución como es el préstamo hipotecario. En este caso podríamos decir que “el infierno está empedrado de buenas intenciones“; en términos más económicos, cambiar radicalmente la regulación civil y mercantil del préstamo con garantía hipotecaria provocaría graves efectos perversos, concepto que hace referencia a que una medida aparentemente positiva acaba creando unos efectos indeseados e inesperados. Algunos de los efectos perversos de cambiar la legislación española al sistema de EE.UU. serían:
- Colapso del sistema financiero español, al dispararse la morosidad (mucha gente devolvería su vivienda sin pensárselo), incorporar en sus balances activos depreciados y cerrarse definitivamente el mercado internacional a la banca española (hay miles de millones de títulos emitidos con garantía de hipotecas). El derrumbe de la banca puede atraer a algunos, pero no olvidemos que nuestros ahorros y pensiones forman parte de esta institución.
- Aumento del interés pagado por colocar bonos (y necesitamos financiación si queremos evitar nuestra quiebra como país). Y los intereses los pagamos nosotros y nuestros hijos.
- Cambio integral del mercado hipotecario, que aumentaría los precios de las hipotecas a niveles inasumibles, haría caer el precio de la vivienda aún más con el consecuente efecto sobre la economía en su conjunto.
La lista no acaba aquí, pero se puede intuir unos efectos bastante catastróficos en una medida aparentemente positiva. Un marco jurídico estable que no dependa de la coyuntura económica o política es vital para que los delicados mecanismos económicos funcionen adecuadamente. Los cambios bruscos tienden a quemar el motor.
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (octubre 1997) y en Administración y Dirección de Empresas (julio 1999) por la UIB. Master Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (enero 2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet): La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo La educación financiera desde el sector privado (Libro La prevención del sobreendeudamiento privado, Aranzadi, 2017); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); capítulo Un análisis práctico de la toma de decisiones de un consumidor medio (Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech, Wolters Kluwer, 2021); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y restos del sistema financiero, Aranzadi, 2022); Los puntos de conexión entre el reglamento sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero y el reglamento sobre los mercados de criptoactivos, y la regulación del mercado de valores (Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión, Aferre, 2024).
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!